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CONTEE-Brasil: ¿Quién teme la ultraactividad de las normas colectivas?

CONTEE / 22 de junio 2021

 

Por José Geraldo de Santana Oliveira *

1 El Tribunal Supremo Federal (STF) inició, el 17 de junio de 2014, la sentencia de la Alegación por Incumplimiento del Precepto Fundamental (ADP) 323, interpuesta por la Confederación Nacional de Establecimientos Docentes (Confenen) el 27 de junio de 2014, contra Precedente 277, del Tribunal Superior del Trabajo (TST), actualizado en 2012, y que asegura la ultraeficacia de las normas colectivas establecidas en convenios colectivos y convenios colectivos, con el siguiente contenido:

“PRECEDENTE N. 277 – CONTRATO DE TRABAJO COLECTIVO O CONTRATO DE TRABAJO COLECTIVO. EFICIENCIA. ULTRAACTIVIDAD

Las cláusulas normativas de los convenios colectivos o convenios colectivos forman parte de los contratos de trabajo individuales y solo pueden modificarse o eliminarse mediante negociación colectiva.

Res. 185/2012, DEJT divulgado el 25-09-2012 ”.

2 El 14 de octubre de 2016 el ministro Gilmar Mendes, relator de esta ADPF, en una decisión monocrática de no menos de 57 páginas, otorgó una medida cautelar, determinando la suspensión de todos los procesos que versen sobre la garantía destacada, con la siguiente conclusión:

Por tanto, en un análisis más acertado de lo que aquí se discute, en particular con la recepción de información del Juzgado Superior de Trabajo y los Juzgados Regionales de Trabajo de la 1ª y 2ª Región, así como para verificar, en consulta con la jurisprudencia vigente, que el Juzgado de Trabajo continúa aplicando reiteradamente el cambio jurisprudencial consolidado en la nueva redacción del Precedente 277, suscrito claramente sin base legal ni constitucional que lo sustente, entiendo, en un análisis preliminar, que los requisitos necesarios para el otorgamiento del reclamo están presentes.

Por estas razones, reconsidero la aplicación del art. 12 de la Ley 9868/1999 (eDOC 10).

En cuanto a la medida cautelar, enfatizo que no tengo ninguna duda de que la suspensión de la marcha del proceso es una medida extrema que sólo debe adoptarse en circunstancias especiales. En el juzgado inicial, sin embargo, las razones rechazadas por el demandante, así como la reiterada aplicación del entendimiento judicial consolidado en la redacción actual del Precedente 277 de la TST, son cuestiones que parecen tener la suficiente relevancia jurídica para dar lugar a la aceptación de la solicitud.

Del análisis del caso se desprende indudablemente que el entendimiento jurisdiccional que le confieren los tribunales laborales al interpretar arbitrariamente la disposición constitucional es insostenible.

En vista de lo anterior, concedo la solicitud formulada y por la presente determino, ad referéndum del Pleno (art. 5, párrafo 1, Ley 9.882 de 1999) la suspensión de todos los procesos en curso y los efectos de las decisiones judiciales dictadas en el ámbito de la Tribunales de Trabajo que se ocupan de la aplicación de las normas ultraactivas de los convenios y convenios colectivos, sin perjuicio del final de su etapa instruccional, así como de las ejecuciones que ya hayan comenzado.

Informar al Tribunal Superior de Trabajo, a los Tribunales Regionales de Trabajo de la 1ª y 2ª Región y al Consejo Superior de Justicia Laboral, las medidas necesarias (art. 5, § 3, Ley 9882 de 1999).

Comunicarse con urgencia.

Publícate tú mismo.

Brasilia, 14 de octubre de 2016. Ministro GILMAR MENDES ”.

3 Los argumentos esgrimidos por el ponente en la medida cautelar destacada son un mal presagio para el resultado de la ADPF en cuestión, desde la perspectiva de los trabajadores; es decir, parece que la ultratividad de las normas colectivas, en el ámbito del STF, se fulmina irremediablemente, al menos a los ojos del ministro informante.

Reforzando esta perspectiva no deseada, surge la decisión unánime tomada en la Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI) 2200 en vista de la medida provisional 1950-62 / 2000, convertida en Ley 10.192 / 2001, que derogó lo dispuesto en la Ley N ° 8.542 /. 1992, que aseguró la ultraactividad impugnada y que procedió por más de 20 años -fue interpuesta el 27 de abril de 2000-, considerándose deteriorada, teniendo como parámetro lo dispuesto en el artículo 614, § 3, de la CLT, que la prohíbe, como se desprende del resumen de la sentencia, elaborado de la siguiente manera:

RESUMEN: ACCIÓN DIRECTA DE INCONSTITUCIONALIDAD. MEDIDA PROVISIONAL N. 1950-62 / 2000, CONVERTIDA EN LEY N. 10.192 / 2001. REVOCACIÓN DE LOS APARTADOS 1 Y 2 DEL ART. 1 ° DE LEY N ° 8.542 / 1992. ACUERDOS Y CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO. SUPERVENCIÓN DE LEY N ° 13.467 / 2017. PÉRDIDA DE ACCIÓN. 1. Argumento general sobre la indicación de afrenta a inc. XXXVII del art. 5 de la Constitución de la República. 2. La conversión de la Medida Provisional n. 1950-62 / 2000 en la Ley n. 10.192 / 2001 socava el debate sobre la cumplimentación de la excepcionalidad exigida por el art. 62 de la Constitución de la República. 3. En los incs. VI y XXVI del art. 7 de la Constitución de la República no regula la vigencia y efectividad de los convenios y convenios colectivos de trabajo. La conformación de estos institutos es competencia del legislador ordinario, quien debe, a la luz de las demás normas constitucionales, elegir políticas legislativas capaces de hacer viable la realización de los derechos de los trabajadores. 4. Superveniencia de la Ley n. 13.467 / 2017, que prohíbe expresamente la ultraactividad en la legislación laboral brasileña. Vaciando la discusión sobre la ley derogatoria. Imposibilidad de retomar las reglas revocadas por los dispositivos cuestionados. 5. Acción directa de inconstitucionalidad deteriorada ”.

4 Basta la marcha del ADPF 323 para demostrar que su objetivo no es el restablecimiento del mando constitucional que, caso por caso, habría sido violado por el TST al aprobar la nueva redacción del impugnado Precedente 277, según manifestó el ministro informante. en la referida medida cautelar (“es decir, una disposición constitucional se decanta caso por caso hasta el punto de que se pueda extraer de ella un entendimiento que se pretende utilizar a favor de una determinada categoría”). Se trata, más bien, de sobrevalorar los valores de la libre empresa, en flagrante desprecio y desprotección de los valores sociales del trabajo.

5 Aquí está:

I la nueva redacción del Precedente 277 fue aprobada el 28 de septiembre de 2012;

II la presentación del ADPF 323 tuvo lugar el 27 de junio de 2014, no menos de 21 meses después de la aprobación de dicha redacción;

III el otorgamiento de la medida cautelar postulada el 27 de junio de 2014 sólo tuvo lugar el 14 de octubre de 2016; es decir, 27 meses y 17 días después de la presentación del ADPF y 4 años y 16 días después de la aprobación de la nueva redacción del Precedente impugnada.

Es evidente, por tanto, que el Precedent 277 no supone ningún riesgo para la seguridad jurídica en el ámbito de las relaciones laborales, así como para el funcionamiento regular de las empresas. Es importante decir: su desafío, aceptado por el ministro informante de ADPF 323, tiene el único alcance de impedir que las categorías profesionales tengan un mínimo de seguridad jurídica al iniciar un proceso de negociación con miras a la renovación de convenios colectivos y / o convenios colectivos, obligándolos a comenzar cada uno de ellos desde el punto de partida, como se verá a continuación.

6 Los argumentos de la ministra informante coinciden plenamente con los de la Confederación Nacional de la Industria (CNI), recogidos en las “101 propuestas de modernización laboral”, presentadas a la entonces presidenta Dilma y al Congreso Nacional en diciembre de 2012.

Estrictamente hablando, el ministro informante se opone mucho más a la ultraactividad de las reglas que el CNI.

La propuesta del n. 4 aborda la ultraactividad en debate, registrando, entre otras afirmaciones, las siguientes:

«Costos

La ultraactividad genera un mantenimiento imprevisto de costos derivados de condiciones creadas por normas colectivas negociadas en un plazo determinado, que pueden generar grandes dificultades, ya que no siempre existen condiciones económicas para mantener algunos beneficios que fueron contratados de manera provisional.

Inseguridad jurídica

La ultraactividad produce una serie de incertidumbres sobre la incidencia de cláusulas colectivas con vigencia vencida, o la aplicación en normas colectivas negociadas antes del cambio de resumen, e incluso sobre la posibilidad de retirar ventajas colectivas, por ser parte de los contratos individuales de trabajo. . Esto significa que un beneficio retirado por una cuestión circunstancial, incluso después de la negociación, puede en el futuro ser interpretado como un derecho adquirido por el Poder Judicial.

Restricciones de productividad / innovación

La ultraactividad, al desalentar la negociación colectiva, perjudicará la negociación de condiciones de trabajo diferenciadas que podrían traer ganancias de productividad (como horarios de trabajo diferenciados, por ejemplo), impactando los planes de inversión. Otros • Al desalentar la negociación colectiva, la ultraactividad también reduce el otorgamiento de beneficios a través de convenios o convenios colectivos, que tenderán a quedarse para siempre, ya que solo pueden retirarse mediante negociación. Sin mencionar la posibilidad de que se estén creando pasivos para las empresas en caso de negociación para el retiro de beneficios.

Propuesta

Poner fin a la ultraactividad y establecer un plazo de hasta cuatro años para las cláusulas de los convenios y convenios colectivos, sin que formen parte del contrato de trabajo.

ganancia esperada

Mejor entorno para la negociación colectiva y mayor seguridad jurídica, con menor incertidumbre sobre las condiciones laborales vigentes por períodos superiores a dos años, facilitando el otorgamiento de beneficios en las negociaciones. El aumento del plazo de vigencia de las cláusulas colectivas, por un plazo razonable, tiene el efecto contrario, ya que permite una mayor previsibilidad de las condiciones laborales y la elaboración y ejecución de planes de trabajo a largo plazo.

Medida / instrumento requerido

Proyecto de reforma §3 del artículo 614 de la CLT o revisión del Precedente 277 de la TST ”.

El reportero, en cambio, en extractos de su decisión, hace las siguientes afirmaciones, en tono fogoso:

Se puede ver, por tanto, que mientras la propia doctrina exalta el principio de la ultratividad de la norma colectiva como instrumento para mantener un cierto orden para el supuesto vacío existente entre el antiguo y el nuevo instrumento negociador, se trata de lógica destinada a beneficiar únicamente a los trabajadores.

Según la jurisprudencia laboral, parece que los empleadores deben seguir respetando los beneficios acordados, a menudo sin, sin embargo, obtener el contrapeso adecuado.

Sin embargo, si los convenios y convenios colectivos se firman luego de extensas negociaciones y concesiones mutuas, parece evidente que las ventajas que el Juzgado de Trabajo pretende ver incorporadas en el contrato individual de trabajo ciertamente se basan en beneficios sinalagmáticos pactados con el empleador. Después de todo, esta es la esencia de la negociación laboral. Parece extraño, por tanto, que sólo una parte de la relación siga siendo responsable de los compromisos asumidos anteriormente, cabe señalar, en un proceso de negociación de concesiones mutuas ”.

7 A diferencia de quienes apoyan a la CNI y al ministro Gilmar Mendes en sus traicioneros ataques, la ultraactividad de las normas previstas en los convenios y convenios colectivos de trabajo no viola el principio contractual del Sinalagma (obligaciones de las dos partes contratantes), sí no solo beneficia a los trabajadores, no inhibe y mucho menos desalienta la negociación colectiva.

Su gran mérito, y que es lo que lleva al CNI y al ministro Gilmar Mendes a rechazarlo con tanta furia, es garantizar la mínima paridad de armas entre empresarios y representantes laborales, ya que asegura que ninguna negociación colectiva tiene que partir de punto cero, como es hoy, como si nunca hubiera existido antes; esto, luego de la ya comentada medida cautelar del ministro Gilmar Mendes, del reconocimiento de constitucionalidad de la demanda de mutuo acuerdo, realizada por el STF en ADI 3431, de la que este ministro también fue relator, y la falta de sanción por práctica antisindical por parte de representantes de los empleadores.

El ministro Maurício Godinho Delgado, del TST, en Derecho Colectivo del Trabajo (2107), conceptualiza así la ultraactividad de las normas colectivas:

“Buscando preservar el debate académico y científico sobre este punto específico – es decir, incentivando la negociación colectiva de trabajo y prohibiendo la interpretación sobre la ultratividad provisional de las reglas ACT o CCT (interpretación constante del actual Precedente 277 del TST) -, se Cabe recalcar que la negociación colectiva de trabajo presupone el respeto de ciertos principios y / o requisitos, bajo pena de convertirse en un instrumento perverso de precariedad de los derechos laborales individuales y sociales fundamentales, sin olvidar la manifiesta inversión de la lógica y estructura normativa y de principios de la Constitución de la República, que se fundamentan, como es sabido, en la centralidad de la persona humana en el orden social y jurídico ”.

En este escenario, que tiene como artífices la Enmienda Constitucional 45/2004, Ley N ° 13.467 / 2017 (que cambia la redacción del artículo 114, § 3, de la CLT, como postuló la CNI, ya que lo comentado sobre “101 modernización propuestas laborales «) y el STF (a juicio de ADI 3431), ningún derecho previamente pactado sobrevive al plazo de vigencia de la norma colectiva que lo garantiza. Es decir, cada negociación colectiva resuena como la maldición de Sísifo -que, eternamente, tuvo que hacer rodar una piedra gigantesca de la base a la cima y, en cuanto llegó a la cima, volvió a la base- ya que, inevitablemente, tiene que volver a discutir y recuperar todas las garantías como si fuera la primera vez, que los representantes patronales niegan sistemáticamente.

Por tanto, hablar de la valorización de la negociación colectiva -propuesta 1 de la 101 del CNI- suena a hipocresía y a algo completamente divorciado de la realidad negociadora, en la abrumadora mayoría de lo que actualmente se considera un proceso de negociación.

La realidad concreta en el capital y las relaciones laborales insiste en negar la elocuencia del CNI y el ministro Gilmar Mendes sobre el tema de la negociación colectiva, ya que el único lema capaz de hacer que los representantes patronales se sienten a la mesa de negociación con un mínimo de probidad y buena fe es la ultratividad de las normas colectivas, que son de carácter provisional, es decir, que otra de la misma naturaleza pueda modificar, reducir y / o suprimir lo definido en ellas.

El entierro definitivo de la ultraactividad de las normas colectivas que se presagia -hasta que el Congreso Nacional, en una conducta diametralmente opuesta a la actual, decida derogar el § 3 del artículo 614 de la CLT, y, como corolario, garantizarlo provisionalmente, como el Precedente 277 del TST – suena a la filosofía “Humanitas” de Quincas Borba, del libro homónimo de Machado de Assis: “a los vencidos, compasión u odio; al ganador, las patatas ”; que, por cierto, hacen la CLT, la CNI y el ministro Gilmar Mendes.

Por el momento, los trabajadores y sus organizaciones sindicales se quedan con la vaga esperanza de que los demás ministros del STF no se sumen al relator del ADPF 323, que parece tan lejano como el fin de la pandemia Covid-19.

* José Geraldo de Santana Oliveira es el asesor legal de Contee

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7 sencillas (y divertidas) formas para que tus hijos se aficionen a las matemáticas durante el verano

Por: ABC

La clave para que esta asignatura deje de ser el «coco» para los más pequeños.

Son, sin lugar a dudas, uno de los patitos feos dentro de nuestro sistema educativo. Hablamos de las matemáticas, una asignatura que se nos puede ir atragantando con el paso de los años si no le encontramos ese enfoque práctico (y en cierta medida ameno) del que gozan otras materias.

Por ello, el mejor momento para cortar de raíz este rechazo se encuentra en la infancia, cuando aún no han aparecido esos estímulos negativos. La capacidad de absorber conocimientos por parte de los más pequeños les convierte en una especie de «esponjas» quienes, mediante actividades cotidianas y en momentos del año más relajados como el verano, pueden interiorizar sus primeras lecciones matemáticas de una manera simple y efectiva.

Se acerca el final del curso escolar para los más pequeños de la casa. Unos meses en los que, aparte de disfrutar de unas merecidas vacaciones, podemos aprovechar para que refuercen sus conocimientos en determinadas materias de una manera más lúdica y natural.

Pero si existe una asignatura amada y odiada a partes iguales por todos los que, antes o después, hemos pasado por la escuela, esas son las matemáticas. Y es que los expertos coinciden en que la forma en que afrontamos las primeras enseñanzas de una materiao el interés que son capaces de generar nuestros profesores, influye directamente en el tipo de relación que tendremos con ella a lo largo de nuestra vida.

En el caso de las matemáticas, suele argumentarse que una de las clave de este rechazo radica en que el lenguaje simbólico y abstracto de esta materia exige a los niños un esfuerzo continuado en edades en que las áreas del cerebro relacionadas con el razonamiento aún no han madurado. El cerebro requiere una mayor actividad cognitiva o esfuerzo a la hora de argumentar o buscar soluciones a un problema matemático en comparación, por ejemplo, con una actividad narrativa.

La clave para que las matemáticas dejen de ser el «coco» de las asignaturas para los más pequeños puede estar en que se apliquen a su vida cotidiana con ejercicios prácticos y que formen parte de su día a día. Por tanto, sí es posible cambiar esa animadversión que existe sobre ellas, sobre todo en periodos como la adolescencia. «Las matemáticas son básicas para la vida cotidiana, así como para desarrollar el pensamiento y la lógica o la capacidad de dar respuesta a problemas. Pero, desde el punto de vista de los niños, su gran ventaja es que les ayudan a comprender mucho mejor el mundo que les rodea» afirma Tamara Chubarovsky, experta en desarrollo infantil.

Primeras matemáticas

Estas son aquellas que tienen lugar en la mente del niño hasta los 5 años. Esta edad no es para aprendizajes formales, académicos y explícitos, tampoco es el momento de forzarles para que aprendan letras y números, más allá de su interés o aprendizaje espontáneo. Según Tamara, «lo ideal es que en la etapa de infantil (o a 5 años) prime el juego espontáneo, la experimentación. Con el juego libre los niños pueden adquirir las máximas habilidades motrices, interactuar con sus iguales y con la naturaleza, aprender del mundo a través de los sentidos (tocando, sintiendo, viendo, oyendo y oliendo) y, finalmente, desplegando su creatividad y su imaginación. Aunque pensemos que pueden estar perdiendo el tiempo, están sentando las bases para que el futuro aprendizaje sea significativo y profundo».

Para convertir estas ideas en acciones, Chubarovsky, quien el próximo día 17 de junio impartirá el Taller on-line Matemáticas Mágicas 2, desvela una serie de divertidas actividades para que nuestros hijos pierdan el miedo a las matemáticas durante el verano.

7 formas para que nuestros hijos se aficionen a las matemáticas durante el verano

Rimas y canciones

Donde se cuenten y, a la vez, se realicen movimientos. Existen canciones que sirven para acompañar diversas dinámicas: saltar a la comba, juego de palmas de a dos, marcar ritmos uno solo, etc. «Lo importante es la combinación de ritmo, movimiento y palabra» afirma la especialista.

Juego de los átomos

Los niños caminan libremente por el espacio hasta que dices un número, por ejemplo el 5. Entonces rápidamente deberán formar grupos de 5. Repetiremos la dinámica diciendo diferentes números.

Esta dinámica también se puede hacer con los ojos cerrados, y según la edad se puede reflexionar: ¿Cuántos grupos de 5 se formaron?, ¿cuántos niños se quedaron fuera?…

Contar con el tacto

Se trata de juegos en los que damos golpecitos a un niño en la espalda y debe adivinar cuántos toques fueron. De igual forma, podemos inventar una historia para acompañar este juego.

Experimentar con las cantidades

Colocar sillas o poner la mesa teniendo en cuenta cuántos somos, quién falta hoy o quién hay de visita, requiere una percepción de cantidad por parte del niño . Repartir de manera justa un pastel, trozos de manzana o lo que sea… es la base de las cuatro operaciones y un claro ejemplo de cómo las actividades cotidianas pueden ayudar a que ejercite su cerebro desde un enfoque matemático.

Orientarse en el tiempo

Las actividades cotidianas, como levantarse, desayunar, jugar, recoger, poner la mesa, comer, levantar la mesa, dormir, etc, son las que ordenan el tiempo, las que aportan las primeras nociones de que una actividad viene antes y otra después. De aquí la importancia de los rituales y los ritmos diarios y mensuales. Reforzamos la noción de tiempo anual acompañando las estaciones a través de Rimas con movimiento, cuentos, canciones y otras actividades.

Cantar y contar.

La música es matemática, lógica y orden. También al recitar de forma rítmica retahílas y rimas, moviendo el cuerpo, sentimos ese orden y lógica musical y matemática. Cuando los niños consiguen moverse con buen ritmo y contar, les resultará más fácil aprender la aritmética. De hecho, muchos niños con dificultades en la aritmética, también tienen dificultades para moverse de forma rítmica y coordinada.

Contar y caminar rítmicamente

Según la edad y posibilidades puedes realizar muchísimas variantes caminando con los niños en círculo de forma rítmica y contando a la vez. Si tienes poco espacio podría marcar el ritmo desde el propio sitio, aunque andando la experiencia es más rica. Por ejemplo: caminar rítmicamente contando uno, dos – uno, dos – uno, dos … y en dos siempre dar un paso un poco más fuerte con el pie para acentuarlo. Se puede hacer lo mismo, pero contando hasta tres: uno, dos, tres -uno, dos, tres… En vez de dar pisotón más fuerte, podemos dar una palma en el tres.

En resumen, las matemáticas rodean el día a día del niño. Tan solo debemos identificar aquellas actividades que les resulten más amenas y naturales, para darles un enfoque matemático. El futuro nos dará la razón.

Fuente e Imagen: https://www.abc.es/familia/educacion/abci-7-sencillas-y-divertidas-formas-para-hijos-aficionen-matematicas-durante-verano-202106180127_noticia.html

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Nicaragua: Ordenan captura de ex ministro de Educación

 Las autoridades de Nicaragua ordenaron el jueves la «búsqueda y captura» de Humberto Belli, ex ministro de Educación durante el gobierno de Violeta Chamorro, se informó oficialmente.

Un comunicado del Ministerio Público señaló que la misma medida se ha dispuesto contra el empresario Gerardo Baltodano, propietario de la empresa Café Soluble, debido a que, al igual que Humberto Belli, no se presentó a un citatorio de la Fiscalía en días pasados.

Baltodano es hermano del general del ejército retirado Alvaro Baltodano, quien ha sido funcionario del gobierno de Daniel Ortega como director de la Corporación de Zonas Francas. Belli, por su parte, fue ministro de Educación de 1990 a 1997 y es hermano de la conocida poeta y novelista Gioconda Belli.

La escritora informó en su cuenta de Twitter que la policía estaba allanando la noche del jueves la casa de su hermano.

La medida es parte de una investigación iniciada por el gobierno contra 13 empresarios directivos de la no gubernamental Fundación Nicaragüense para el Desarrollo (Funides), cuyo ex director Juan Sebastián Chamorro fue detenido a inicios de este mes junto a otros 15 opositores.

Más temprano, la Fiscalía informó que una jueza local decidió levantar el sigilo bancario y «congelar» las cuentas de los 13 investigados, a quienes se les prohibió abandonar el país. Al grupo se le investiga por supuestas “operaciones financieras derivadas de actividades ilícitas” a través de Funides.

Medios de prensa locales informaron que la residencia de Baltodano, ubicada al sureste de Managua, habría sido allanada por la policía por la tarde, pero la información no fue confirmada por esa entidad.

Según el gobierno, las Funides “ha incumplido gravemente sus obligaciones ante el ente regulador, presumiendo que las personas sujetas a una investigación han estado realizando operaciones financieras derivadas de actividades ilícitas”.

Uno de los empresarios vinculados a Funides es el presidente ejecutivo del Banco de la Producción (Banpro), Luis Rivas Anduray, quien fue detenido el martes por la policía y un juez local dictó 90 días de prisión preventiva en su contra.

En las últimas semanas, la policía ha arrestado a 16 personas, de ellos 13 dirigentes políticos opositores, un banquero y dos ex empleados de la Fundación Violeta Chamorro, que se encuentra también bajo investigación.

La lista de detenidos incluye a cuatro aspirantes presidenciales a las elecciones del 7 de noviembre: Cristiana Chamorro, Arturo Cruz, Félix Maradiaga y Juan Sebastián Chamorro, así como a dos ex guerrilleros sandinistas disidentes y dos ex vicecancilleres.

La oposición asegura que se trata de una «escalada represiva» para impedir la postulación de candidatos presidenciales que pueden enfrentar y derrotar a Ortega, de 75 años, quien buscará en noviembre su tercera reelección para un cuarto mandato consecutivo.

Fuente: https://apnews.com/article/3fd4eae39c51a3d0d77d8c165e57e192

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«The Novice», la historia de una universitaria LGTB, gran ganadora de Tribeca

La película «The Novice», que narra la historia de una universitaria LGTBI que se une al equipo de remo de su universidad, se impuso este jueves como la gran ganadora de la XX edición del Festival de Tribeca, que concluirá este fin de semana.

«The Novice» (La novata, en español), escrita y dirigida por Lauren Hadaway, se ha llevado tres galardones: el premio a mejor película de ficción, el premio a mejor actriz, para Isabelle Furhan; y el de mejor fotografía, que recayó en Todd Martin.

El festival destacó la «feroz interpretación» de la actriz principal, Furhan, y la «dirección audaz» de Hadaway, que crean «una ventana visceral a un mundo despiadado».

«Una cinematografía elegante y una banda sonora seductora completan la experiencia, evocando el romance y el peligro de enamorarse; la atracción, el drama y sus consecuencias», apuntaron los organizadores del festival, que agregaron que el debut de Hadaway, basado en su experiencia personal como remera universitaria competitiva, «presagia una nueva voz audaz en la narrativa LGTBI».

El premio a mejor actor fue para Matthew Leone por su interpretación de un estafador de Nueva York en el largometraje «God’s Waiting Room», dirigido por Tyler Riggs.

Como mejor guion el jurado escogió el de la comedia «Mark, Mary, and Some Other People», escrita y dirigida por Lauren Hadaway, y que narra la historia de una pareja de jóvenes que decide explorar los caminos de una relación sentimental abierta.

MEJOR DOCUMENTAL

En la sección de largometraje documental, la cinta ganadora fue «Ascension», dirigida por Jessica Kingdom y que explora «el sueño chino», «la identidad de la China contemporánea en relación con su visión del consumismo, la innovación y la posición social».

«La lente curiosa y observadora de la película ofrece una calidad hipnótica en sus imágenes y sumerge al espectador en las marcadas diferencias entre las clases sociales y cómo la lucha de la clase trabajadora se pone al descubierto al tratar de realizar el sueño chino», comentan los organizadores del festival sobre la cinta.

Kingdom fue distinguida también como el premio a mejor directora novel.

En esta categoría también fueron premiados los documentales «The Kids», por su edición, y «All Three Sons», por la fotografía.

MEJOR PELÍCULA EXTRANJERA

En el apartado de Narrativa Internacional, «Brighton 4th», que cuenta la historia de un luchador georgiano que viaja a Brooklyn (Nueva York) para ayudar a su hermano con una deuda de juego, se impuso como el mejor largometraje extranjero de ficción.

La cinta, «una historia de supervivencia interpretada con sensibilidad y con dosis iguales de frivolidad y seriedad», es resultado de una coproducción ruso-georgiana, está dirigida por Levan Koguashvili y protagonizada por Levan Tediashvili, que en la vida real compitió como luchador en los Juegos Olímpicos.

Tediashvil se llevó también el premio a mejor actor extranjero por su interpretación en «Brighton 4th», cuyo guion, creado por Boris Frumin, fue elegido como el mejor guion internacional.

El premio a mejor actriz lo compartieron las actrices Bassant Ahmed y Basmala Elghaiesh por su trabajo en la película egipcia «Souad», dirigida por Ayten Amin y que se zambulle en la vida de una estudiante universitaria del Egipto profundo y su debate interno entre las expectativas puestas en ella por su educación tradicional en el seno una familia de clase media y sus relaciones sociales a través de internet.

Fuente: https://www.swissinfo.ch/spa/festival-tribeca_-the-novice—la-historia-de-una-universitaria-lgtb–gran-ganadora-de-tribeca/46715012

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Encuesta de la UNESCO releva que el 2021 debe ser un año en que se priorice el diagnóstico en las escuelas de América Latina y el Caribe

En un marco en el cual la mayoría de los países de la región se encuentra en diversas situaciones de cierre parcial y evaluando el retorno a clases, la Oficina Regional de Educación para América Latina y el Caribe (OREALC/UNESCO Santiago), a través de su Laboratorio Latinoamericano de Evaluación de la Calidad de la Educación (LLECE), dio a conocer los hallazgos de la encuesta A un año del comienzo de la pandemia: Continuidad educativa y evaluación en América Latina y el Caribe en 2021, la que se aplicó en marzo de 2021 y que fue respondida por 18 países de la región.

El instrumento contempló los sistemas educativos de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay.

Este sondeo resaltó que los países parecen tener claro que el 2021 debe ser un año en que se priorice el diagnóstico para conocer los efectos de la pandemia. Estas acciones serán fundamentales para dimensionar el impacto sobre los aprendizajes, coordinar apoyos pertinentes y tomar medidas adecuadas para subsanar las brechas y los retrocesos que se dieron en términos de calidad y equidad.

“La información recabada en este reporte nos permite conocer el estado de los sistemas educativos de la región con el fin de fortalecer acciones en la toma de decisiones para la respuesta a la pandemia. Asimismo, el foco hacia evaluaciones de diagnóstico debe ser una necesidad y un consenso en estos momentos para conocer el estado de los aprendizajes de los estudiantes, pues es fundamental conocer dónde están en su trayectoria educativa para apoyarlos y, con ello, hacer todos los esfuerzos para que nadie se quede atrás”, destacó Carlos Henríquez, Coordinador general del Laboratorio Latinoamericano de Evaluación de la Calidad de la Educación (LLECE) de la UNESCO.

Hallazgos

Esta encuesta evidencia lo que la UNESCO ha señalado en otros informes: que la pandemia transformó a América Latina y el Caribe, la región con el cierre de escuelas más prolongado del mundo, con un promedio superior a los seis meses.

Hacia marzo de 2021, la mayoría de los países se encontraban en diversas situaciones de cierre total o parcial, pues varios de ellos entraron o estaban viviendo de lleno una segunda ola de COVID-19, y declararon tener problemas en infraestructura, conectividad, disponibilidad de elementos de higiene y protección y estándares mínimos de seguridad sanitaria.

El documento también exhorta a los países a ofrecer alternativas para aquellos estudiantes que permanezcan en modalidades remotas, a la vez de garantizar la seguridad de quienes asisten a clases presenciales.

En lo que respecta a las evaluaciones, el reporte evidencia que 14 de los 18 países encuestados tienen interés en generar diagnósticos respecto a los efectos de la pandemia en los aprendizajes, retomando las calendarizaciones suspendidas en caso de tener condiciones y profundizando en evaluaciones innovadoras como una vía para responder a las necesidades de los centros escolares y en los profesores para retroalimentar a los estudiantes en su trayectoria de aprendizaje. En ese sentido, se observa un uso creciente de la evaluación formativa en cinco países de la región, lo cual revela la importancia que se le ha ido dando a esta metodología que se enfoca en los procesos pedagógicos de cada estudiante de forma individualizada.

La encuesta señala también que es fundamental que estos instrumentos de diagnósticos sean pertinentes y sean aplicados a tiempo, y que se implementen con la flexibilidad suficiente de manera que no recarguen el sistema educativo innecesariamente, para un mayor aprendizaje y bienestar de todos los estudiantes de la región.

Fuente: https://es.unesco.org/news/encuesta-unesco-releva-que-2021-debe-ser-ano-que-se-priorice-diagnostico-escuelas-america

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Inician los exámenes del Bachillerato francés con una nueva versión muy criticada

Es un ritual, el Bachillerato francés se abre con la prueba de Filosofía, que tuvo lugar este jueves por la mañana. Pero en este 2021 entra en vigor una nueva versión del bachillerato, criticada por muchos profesores.

2021 marcará un año de cambios, ya que es la primera edición del «Bac Blanquer», es decir, un Bachillerato reformado por el ministro de Educación Jean-Michel Blanquer. Si bien no se trata de ser evaluado como el año pasado íntegramente por evaluación continua, ésta sigue representando el 82% de la nota final del examen.

El «Gran Oral»

Se estableció un protocolo estricto en cada sala de examen, ventilada antes y después de cada prueba. Los alumnos están separados por dos metros, deben llevar una mascarilla y disponen de alcohol en gel.

La gran novedad, la prueba reina de este bachillerato, es el llamado «Gran Oral», donde el alumno tendrá que demostrar su capacidad de hablar en público. El «Gran Oral» durará 20 minutos frente a dos profesores de otro establecimiento.

Pero este año, debido a un año escolar perturbado por la crisis sanitaria y los problemas planteados por la educación a distancia, los estudiantes podrán proporcionar al jurado la lista de los temas no estudiados. También podrán consultar sus notas de preparación durante su discurso.

«Va a ser una farsa»

Para la prueba de Filosofía, realizada este 17 de junio, se utilizará la nota de la evaluación continua si es mejor que la de la prueba escrita. Además, los estudiantes pudieron elegir entre cuatro preguntas, en lugar de las tres habituales.

Pero la mayoría ya sabe si ha obtenido o no el bachillerato, haciendo la media de sus notas en todas las asignaturas del año. Por lo que lo que está en juego en la prueba de Filosofía es casi inexistente para gran parte de los alumnos.

«Algunos alumnos se lanzaron desafíos. (…) Va a ser una farsa», dice Edward Barka, profesor de Filosofía en Le Havre entrevistado por la radio France Info. «Habrá concursos de anécdotas y chistes, algunos prepararán una cita, otros escribirán La Marsellesa», añade Nicolas Franck, presidente de la Asociación de Profesores de Filosofía de la Enseñanza Pública (APPEP).

Desigualdades

Para muchos profesores, se siente la disparidad de situaciones de un establecimiento a otro. No todos los alumnos han tenido las mismas condiciones de trabajo en este año de cursos a distancia y reducción de aforos.

«En mi escuela, los alumnos reciben clases en medio grupo desde noviembre, mientras que otras escuelas, sobre todo las privadas, mantienen sus clases completas», señala Edward Barka. Nicolas Franck, por su parte, considera que existe una «increíble ruptura de la igualdad y una escandalosa diversidad de preparación» entre los alumnos.

Ahora más que nunca, los profesores notan una disparidad en la motivación de sus alumnos. Jeanne Burgart Goutal, profesora en Marsella, afirma que desde hace unos meses tiene la impresión de «entrenar a un equipo de fútbol sin partido al final».

Fuente: https://www.rfi.fr/es/francia/20210617-inicia-el-bachillerato-en-francia-con-una-nueva-versi%C3%B3n-muy-criticada

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Cambios de centro de trabajo, entre la norma y la opacidad: ahora en Zacatecas.

Por: Abelardo Carro Nava

El proceso de cambio de centros de trabajo, regularmente, si no es que siempre, se ve rodeado de una serie de omisiones, opacidades e irregularidades administrativas en las distintas Secretarías de Educación de la República Mexicana. Es, sin duda, un tema que no debe tomarse a la ligera pues la movilidad del personal adscrito a estas dependencias es un derecho del que goza todo trabajador, independientemente de la o las razones que lo hayan llevado a tomar una decisión de esta naturaleza.

Así lo establece la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (LGSCMM) en su artículo 90, correspondiente al Título Sexto, Previsiones Generales: “La Secretaría establecerá, mediante disposiciones de carácter general, de conformidad con la legislación laboral aplicable, las reglas de los procesos para la autorización de cambios de centros de trabajo, dentro de la entidad federativa de que se trate, así como los cambios de una entidad federativa a otra. Los cambios de adscripción se realizarán únicamente al término del ciclo escolar, salvo por necesidades de servicio o por razones de enfermedad, peligro de vida y seguridad personal debidamente comprobadas. En dichas disposiciones, se contemplarán los términos de participación de las representaciones sindicales para garantizar los derechos y las prestaciones laborales en términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la demás normatividad aplicable. Las autoridades de educación media superior, las autoridades educativas de las entidades federativas y los organismos descentralizados tomarán las medidas necesarias a efecto de que el periodo mínimo de permanencia en el centro de trabajo será de dos años, salvo por causas de fuerza mayor. Los cambios de centro de trabajo que no cuenten con la aprobación de la autoridad correspondiente serán sancionados conforme a la normatividad aplicable. Dichos cambios, en ningún caso, serán objeto de regularización”.

Pero también, el Reglamento Interno de la Secretaría de Educación Pública (RISEP) en su Artículo 27, referente a las atribuciones de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, Fracción XVIII: “Administrar y operar el proceso de control de plazas del personal de las unidades administrativas de la Secretaría, así como coordinar los procesos de movilidad de su personal”.

Y bueno, para tales propósitos, la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (USICAMM) emitió, en 2021, las Disposiciones Generales del Proceso para la Autorización de Cambio de Centro de Trabajo cuyo objetivo, como su nombre lo indica, consiste en regular el proceso para la autorización de cambio de centro de trabajo del personal docente, técnico docente, asesor técnico pedagógico, de dirección y supervisión, dentro de las entidades federativas, así como los cambios de una entidad federativa a otra, en educación básica y en educación  media superior.

Ahora bien, con estos referentes que en el papel lucen muy bien, las distintas áreas o departamentos que forman parte de las estructuras de las Secretarías de Educación de los estados, implementan diversas acciones que forman parte del proceso referido y, para lo cual, de acuerdo a sus circunstancias, recursos o materiales, pero, sobre todo, con el conocimiento del personal presumiblemente participante, comienzan a desarrollar las actividades para que se logre este propósito, y es aquí donde las cosas dejan de lucir muy bien, pues las inconsistencias surgen cuando las convocatorias son elaboradas y publicadas sin conocimiento de causa y sin considerar las posibles consecuencias que podrían desprenderse entre los aspirantes y las propias dependencias administrativas dado que los criterios de valoración que se establecieron para revisar la documentación recibida, así como la emisión de resultados, distan mucho de ser transparentes. Para muestra un botón, o dos botones, si usted gusta.

Hace unos días, en Tamaulipas, fueron rechazadas solicitudes de cambio de centro de trabajo de algunos profesores porque su techo financiero no estaba actualizado. Una situación que la Secretaría de Educación de Tamaulipas no resolvió con la brevedad que el caso ameritaba para que los trabajadores de la educación, adscritos a esa dependencia, no enfrentaran una problemática al momento de participar en el proceso de movilidad de este año. En este caso, la Coordinación Estatal del Servicio Profesional Docente, no tomó en cuenta la situación que “vivían” esos maestros por lo que, en un principio, no fueron considerados, sin embargo, después de acudir a otras instancias en esa misma Dependencia, logró resolverse de manera favorable para éstos. ¿Desconocimiento, omisión u opacidad de parte de quien se encuentra al frente de una responsabilidad de esta naturaleza? Afortunadamente tal problema fue resuelto y el personal demandante se vio favorecido pues la razón les asistió en ese momento.

Desafortunadamente en Zacatecas la cosas no ha tenido el mismo fin, pues la emisión de resultados derivados del proceso de este año presentó ciertas irregularidades, entre las que destacan: a) emisión de una primera lista de ordenación sin nombres y, posterior a ello, publicación de otra lista con nombres en las que se observaba que se habían movido los lugares dados a conocer en la primera de ellas, ¿por qué dos listas?; b) valoración de los documentos recibidos sin que los criterios de revisión fueran claros, transparentes y equitativos, por ejemplo en el tema de la antigüedad, a diversos solicitantes se les asignó una antigüedad menor de la que poseen (debidamente comprobada mediante constancia que la misma dependencia entrega) y a otros se les incrementó ¿la razón?; c) criterios de desempate inconsistentes pues, siguiendo con el ejemplo de la antigüedad, la dependencia no reportó la información, necesaria y suficiente, pero sobre todo, transparente, de los indicadores de desempate empleados entre dos, tres, cuatro o cinco participantes que tuvieran los mismos años y meses de servicio, en el centro de trabajo, etc.; d) inconsistencias en la emisión de constancias por parte de la Secretaría pues, esta institución, emitió constancias de servicios y de promoción con datos diferentes que, por obvias razones, influyeron en la valoración de los criterios de desempate ¿no existe una base de datos confiable y debidamente actualizada?.

Este tipo de omisiones, opacidades e irregularidades administrativas en esa entidad federativa originó, como parece obvio, una sentida protesta por parte de los afectados, profesores y profesoras de distintos niveles educativos quienes, en días pasados demandaron la revisión de este proceso, hecho que obligó a la autoridad educativa a abrir sus puertas para establecer una mesa de diálogo que, hasta el momento en que cierro estas líneas, ha permitido revisar cada uno de los casos en lo que, como he señalado, existen este tipo de cuestiones; no obstante, ¿qué hubiera pasado si nadie se hubiese inconformado?

Tengo en mi memoria, la imagen de algunos funcionarios de alguna Secretaría de Educación, quienes, de manera conjunta y secreta con representantes de alguna Sección del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, con listas en mano, “palomeaban” quienes serían acreedores a dichos cambios de centro de trabajo.

Un pasado, a todas luces negro que, desde luego, tiene que desaparecer. Esperemos no sea el  caso en la entidad que refiero.

Al tiempo.

Referencias:

SEGOB. (2019). Decreto por el que se expide la Ley General de Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros. DOF. Recuperado de: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5573860&fecha=30/09/2019

SEGOB. (2020). Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública. DOF. Recuperado de: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5600454&fecha=15/09/2020

SEP. (2021). Disposiciones Generales del Proceso para la Autorización de Cambio de Centro de Trabajo. USICAMM.

Fuente: http://www.educacionfutura.org/cambios-de-centro-de-trabajo-entre-la-norma-y-la-opacidad-ahora-en-zacatecas/

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