magisterio
Orgullo Magisterial
a foto tiene poco más de un año. En ella, con el puño izquierdo en alto, dentro de Palacio Nacional, los maestros Arcángel Ramírez, David Guadalupe Valenzuela, Juan Melchor Román y Fredy Ezequiel Ocampo celebran la reunión que acaba de culminar con el presidente Andrés Manuel López Obrador y otros integrantes de su gabinete.
Ellos son parte de la Comisión Nacional Única de Negociación (CNUN) de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), la instancia que se ha reunido con el mandatario mexicano 18 veces en los últimos tres años, para buscar solución a problemas laborales, pedagógicos y de seguridad social del magisterio.
Pero a partir de ahora, ni Arcángel (de Guerrero), ni David (de Sonora), ni Melchor (de Michoacán), ni Fredy (del estado de México) aparecerán en las futuras fotografías en la sede del Poder Ejecutivo. Como muchos otros profesores, no pudieron sobrevivir al Covid-19. No fueron los únicos. Hasta febrero de este año, fallecieron por la pandemia al menos 2 mil 700 mentores. El virus llenó de luto y dolor a sus familias, a sus compañeros y a su organización. Le arrancó la vida a la décima parte de la comisión negociadora de la coordinadora.
Los estragos fueron aún más lejos. A pesar de todos los cuidados y precauciones sanitarias, muchos dirigentes más de la CNTE se contagiaron. Varios debieron ser hospitalizados de urgencia. Algunos cargan a cuestas con las secuelas de la enfermedad.
La plaga afectó drásticamente el proceso educativo. De un día para otro, los maestros se vieron obligados a dejar de lado las clases presenciales y aprender a impartirlas a distancia. Con su salario, tuvieron que adquirir equipos de cómputo o de telefonía celular, pagar la interconexión, aplicaciones y elaborar material pedagógico de apoyo.
Según la coordinadora, el gobierno, escuchó y respaldó a los monopolios televisivos e ignoró a los trabajadores de la educación y comunidades escolares. Avanzó la educación digital, la flexibilidad laboral y con ésta la privatización de la educación beneficiando a los dueños de las trasnacionales de las comunicaciones digitales, como Google, Microsoft y Facebook
.
Ya de por sí las cosas no estaban bien para el magisterio democrático desde antes de la pandemia. La reforma educativa del nuevo gobierno es, de acuerdo con la CNTE, una simulación, continuidad de la reforma neoliberal del régimen anterior, que favorece a la iniciativa privada transgrediendo la educación pública y los derechos laborales de los trabajadores de la educación
.
Por si fuera poco, la Nueva Escuela Mexicana ofrecida por la 4T, resultó una cáscara sin contenido. La promesa de revalorizar al magisterio fueron palabras vacías. Además de anular la relación laboral bilateral, los procesos de inscripción en línea para las convocatorias de las promociones verticales y horizontales estuvieron plagadas de irregularidades. Además, la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sentencia de manera definitiva el pago de pensiones a los jubilados tomando como cálculo la unidad de medida y actualización (UMA), precarizando las pensiones.
Para romper la dinámica de confinamiento y cerrazón gubernamental a la solución de la problemática laboral, en febrero y marzo de 2021, la CNTE organizó dos caravanas nacionales, en las que demandó la reinstalación de la mesa nacional de negociación entre el Ejecutivo federal y la CNUN. La primera fue bautizada como Por la estabilidad laboral y salarial, y partió de Lázaro Cárdenas (Michoacán). La segunda fue nombrada, Caravana del Sur, y salió de Tuxtla Gutiérrez (Chiapas). Ambas llegaron a la Ciudad de México. Sin embargo, no lograron revertir el impasse en las negociaciones.
Es ese contexto, para reorganizar a la coordinadora en su conjunto, se efectuó del 13 al 15 de mayo, en Tuxtla Gutiérrez, el Congreso Nacional 14 de la CNTE.
Aunque la coordinadora se fundó en diciembre de 1979, no fue hasta septiembre de 1990 que organizó su primer congreso. En ese acto comenzó una nueva etapa en la vida del movimiento magisterial democrático y de elaboración de su proyecto educativo y sindical para transformar México. Allí se aprobaron documentos básicos, un pliego petitorio y un plan de acción nacional, con el objetivo de unificar y coordinar sus acciones.
Decía el gran José Carlos Mariátegui en Siete ensayos de interpretación de la realidad peruana que no es posible democratizar la enseñanza de un país sin democratizar su economía y sin democratizar, por ende, su superestructura política
. Fiel a estas enseñanzas, la CNTE ratificó en su congreso 14 sus objetivos estratégicos de avanzar en la democratización del sindicato, de la enseñanza y del país, mantener en pie sus 22 principios y su táctica movilización-negociación-movilización.
El acto permitió avanzar en la definición de la ruta de resistencia y lucha por la exigencia de solución de sus demandas más sentidas, “además de las afectaciones laborales y sindicales derivadas de la imposición de la mal llamada reforma educativa del actual gobierno. La CNTE –acordó el congreso– no tiene representación legislativa ni cargos de elección popular alguno”.
A 41 años de su fundación, en un país repleto de canallas, la lucha de los maestros mexicanos de la CNTE es nuestro orgullo. Es la muestra de que no todo puede ser mejor, sino de que seguramente lo será. El ejemplo de los profesores Arcángel, David, Fredy y Melchor así lo muestra.
Twitter: @lhan55
https://www.jornada.com.mx/2021/05/18/opinion/015a1pol
Bono retiro: magisterio interviene en la comisión de educación de la cámara de diputadas y diputados. Chile
América del Sur/Chile/16-04-2021/Autor(a) y Fuente: www.colegiodeprofesores.cl
El Colegio de Profesoras y Profesores se hace presente en la instancia del Poder Legislativo ante el grave atraso en el pago del Bono de Retiro, que mantiene a cientos de docentes en espera para poder jubilar luego de años de entrega a la educación pública. La situación se empeora, además, por la situación de emergencia sanitaria, pues el retraso en el Bono Retiro expone a docentes de avanzada edad a tener que volver a la presencialidad por los planes del Ministerio de Educación de reabrir las escuelas, pese a las graves cifras de la pandemia de COVID-19.
Comunicado-FECODE: Continúa la Arremetida del Gobierno en Contra del Magisterio Colombiano
Desde el inicio del gobierno de Iván Duque se vienen generando situaciones que atentan contra las conquistas que a través de la lucha ha obtenido el magisterio colombiano. La eliminación de los factores salariales para liquidar la mesada pensional de cientos de maestros que han entregado buena parte de su vida al servicio de la educación pública estatal; la dilación frente al curso remedial para el ascenso de los 8000 maestros en lista, acordado con el Gobierno en la III cohorte de la ECDF; la declaratoria de legalidad de la Directiva Ministerial No. 11, mediante la cual se obliga a la comunidad educativa a regresar a las aulas en medio de la pandemia sin la verificación mínima del cumplimiento de las condiciones establecidas por el propio Gobierno; el incumplimiento de los contratos de salud por parte de los actuales prestadores sin que el Ministerio de Educación y la Fiduprevisora adelanten acciones efectivas que como fideicomitente y contratante les corresponden; la negación del derecho a la seguridad y salud en el trabajo de manera integral tal como lo establece el Decreto 1655 de 2015; adicionalmente en la actualidad, se impide a los trabajadores de la educación reclamar su dinero de cesantías cada vez que lo requieran para los fines establecidos, y en un contubernio del Ministerios de Hacienda y Educación, el Gobierno desconoce y bloquea el derecho reconocido por sentencia judicial de solicitar anticipo de sus cesantías sin la barrera de esperar tres años desde el último pago.
Leer el comunicado completo aquí: Comunicado FECODE
Ecuador: El nuevo gobierno deberá asumir el pago de $590 millones para 11 mil maestros jubilados pendientes desde 2008
La Comisión de Salud de la Asamblea Nacional pidió el cronograma de pagos y las cifras presupuestadas.
Al próximo gobierno le tocará asumir el pago de $590 millones para cubrir al menos a unos 11 mil maestros jubilados y que el actual régimen no avanzará a pagar hasta el 24 de mayo próximo cuando termina su mandato.
Las cifras fueron reveladas en la Comisión de Educación de la Asamblea Nacional donde comparecieron los delegados de los ministerios de Finanzas, Educación y Trabajo, para entregar las cifras de los pagos de las bonificaciones a los docentes jubilados del país.
La coordinadora administrativa financiera del Ministerio de Educación, María Fernanda Sáenz, reveló las cifras que están pendientes de pago por la aplicación de la Ley Interpretativa de la Ley Orgánica de Educación Intercultural que permitió reconocer el incentivo jubilar a los docentes antes de 2011. En total son 565 jubilados que falta pagar $10´621.828,03; distribuidos en: 156 personas del 2018; 254 jubilados de 2009; 154 de 2010; y, 1 del 2011.
Por el acuerdo ministerial 185 se pagó entre el 2017 al 2020, a 15.635 jubilados un monto que asciende alrededor de $775 millones; pero que por este mismo acuerdo están pendientes de pago desde el año 2015 hasta el presente año un total 11.235 maestros que se acogieron a la jubilación y eso significa un desembolso cerca a los $553 millones. De este grupo fallecieron 18 personas, pero que los pagos se realizarán a sus deudos. Del total de pendientes, la funcionaria del Ministerio de Educación dijo que 6.753 personas tienen sus expedientes validados y que eso significa alrededor de $331 millones, pero que depende del Ministerio de Finanzas.
En torno al acuerdo ministerio 144 que se refieren a incentivos jubilares, entre el 2020 a marzo de 2021, se pagó a 565 jubilados eso es $28.2 millones; de los cuales en bonos se entregó $19.9 millones y el resto en efectivo. De este grupo de jubilados están pendientes de pago de los años 2017 y 2018 unas 3.149 personas, que implica $157.3 millones.
En total dijo Sáez, el gobierno nacional ha pagado $932.1 millones desde el 2017 hasta marzo de 2021, lo cual significa una cobertura de 23.034 maestros jubilados que pertenecían a los distintos grupos.
La funcionaria dijo que aspiran hasta mayo terminar de pagar al grupo que está en la Ley Interpretativa alrededor de $105 millones; para los jubilados del acuerdo 144 se espera pagar a 600 personas del año de 2018; con relación a los pagos del grupo 185, se espera pagar alrededor de 2.600 jubilados por un valor de $130 millones.
Insistió que tienen una restricción que es el presupuesto prorrogado y que no se puede ejecutar más allá; y por otro lado, se ha comunicado que en el presupuesto de 2021, que será aprobado por la próxima Asamblea y el nuevo gobierno, se está asignado todos los presupuestos para el para el pago de los maestros jubilados. La funcionaria aclaró que el pago ha sido equitativo y justo en todas las provincias.
Dijo que como coordinadora administrativa financiera del Ministerio de Educación le corresponde a ella mismo armar la proforma presupuestaria de 2022 y el detalle de inversiones, “y nosotros dejaremos puesto los 590 millones de dólares que faltan para pagar del este acuerdo con los jubilados”.
Indicó que habrá una transición ordenada y transparente con el nuevo gobierno, y que no tiene por qué cambiar el proceso establecido para los pagos; y se comprometió a incluir una directriz para que no pare absolutamente nada, aunque dijo que dependerá de las nuevas autoridades de que no se estanque.
Hasta mayo $200 millones
Carlos Barrionuevo, delegado del Ministerio de Finanzas, afirmó que se ha dado cumplimiento a los compromisos asumidos con los jubilados en octubre de 2020, y que está contemplado el pago de $200 millones a ejecutarse en el 2021 por la Ley Interpretativa y los acuerdos 144 y 185, hasta mayo próximo.
Lo que se ha producido es un retraso de carácter técnico y no de incumplimiento, pero se cumplirá con el pago de acuerdo al cronograma anunciado por el Ministerio de Educación. Indicó que está programado realizar los pagos semanales partir del próximo lunes por un monto de $15 millones en bonos del Estado, cuyo proceso conlleva un esfuerzo.
La vicepresidenta de la Comisión, Jeannine Cruz, solicitó a los delegados de los ministerios que remitan de manera inmediata el cronograma de pago por semana a los jubilados, para realizar una evaluación desde la Asamblea Nacional. Eso fue recogido en una resolución aprobada donde además se pide el informe detallados de los montos a ser pagados; el presupuesto anual asignados y el informe de cumplimiento de los acuerdos suscritos por el gobierno y los jubilados.
En octubre del año pasado la Asamblea Nacional se comprometió a realizar un seguimiento y vigilancia respecto a los compromisos asumidos por el gobierno para el pago de las compensaciones de los docentes que se acogieron a la jubilación.
Cecilia Paredes, presidenta subrogante de la coordinadora nacional de jubilados, Alfonso Yánez Montero, también intervino en la sesión de la comisión y dijo que ellos reconocen que el gobierno ha cumplido con gran parte de los jubilados, pero que la obligación del actual gobierno era cumplir con lo pendiente y son más de 11 mil jubilados que esperan la bonificación.
Recordó que parte del compromiso suscrito en octubre del año pasado era asignar para el arranque del presupuesto de 2021, aproximadamente $200 millones los mismos que se pagarán en los primeros meses del año de enero a mayo. Además, se revisará una cifra adicional para los jubilados del acuerdo ministerial 185, 144 y Ley Interpretativa de acuerdo a las prioridades, esto a partir de la tercera semana de enero de 2021, cosa que no se cumplió.
Además el acuerdo determinó que los ministerios de Trabajo y Educación se comprometen a tener todos los expedientes debidamente validados conforme con los cronogramas establecidos.
Paredes manifestó que la palabra del Presidente Lenin Moreno, debe ser respetada por los ministerios, lo cual significaría que a más de pagar a los jubilados desde el 2018 también deberá estar ingresado un rubro para los jubilados del 2019 y 2020. (I)
Fuente: https://www.eluniverso.com/noticias/politica/pagos-pendientes-maestros-jubilados-para-proximo-gobierno-nota/
Efectos de romantizar al magisterio
Por: Pedro Flores
La semana pasada sostuve que la supuesta “revalorización” del magisterio que ha emprendido este gobierno está basada más en una cándida narrativa hacia el maestro de educación básica que en acciones concretas. De ahí el término de “romantización”. El aprecio verbal y los símbolos rebasan a los otros elementos de la política pública. El presupuesto federal destinado al desarrollo docente, por ejemplo, se ha reducido y el apoyo real a las distintas trayectorias docentes aún brilla por su ausencia.
Ante esto, algunos colegas me escribieron preguntándome qué había de malo en que el presidente “apapachara” a los maestros, que si me fijaba bien, ya no había protestas magisteriales en la Capital y que esto demostraba lo “eficiente” que era la Cuarta Transformación. Agradezco tales comentarios. Es una fortuna tener lectores en tiempos del Tik Tok y ante la creciente polarización, es muy sano deliberar. Por ello, hoy trataré de argumentar porqué pienso que romantizar al magisterio es un error para la política educativa de México.
Al considerar que un individuo con una responsabilidad pública (como educar a la niñez y juventud) es un “héroe”, víctima o sujeto desconfiable al que hay que evaluar y si no cesarlo, como proponía la reforma educativa de Enrique Peña Nieto, se corre el riesgo de fallar en la definición del problema social. Los docentes no somos ni “santos” ni “demonios”, sino seres humanos que actuamos dentro de contextos particulares, complejos y con distintas motivaciones y racionalidades de acuerdo con las reglas que creamos y observamos. Reducir entonces la individualidad del maestro puede dar pie a fórmulas simples.
La romantización magisterial en México ha llegado a tal grado que el documento oficial de política educativa de la 4T presenta, como ya se he dicho, una inexplicable separación entre el objetivo de elevar la calidad educativa y el de desarrollo docente (Programa Sectorial de Educación: inconexiones, 17/07/21). ¿Se reconoce o no el papel del profesor para mejorar los aprendizajes del alumnado? Como en el sexenio pasado se asumió, según algunos, que el mentor era el único culpable de la mala calidad educativa, ¿ahora había que desligarlo totalmente de su responsabilidad y mejor buscar en el “neoliberalismo” al culpable? Tanto responsabilizar al maestro de la mala calidad como desligarlo totalmente de la responsabilidad de educar son dos distorsiones que pueden originar políticas con baja o nula efectividad. ¿Se compró la “paz social” con el magisterio durante este sexenio a costa de “nadar de muertito” y retrasar el avance educativo?
Otro efecto regresivo de la romantización del magisterio se puede observar cuando la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación declara, por un lado, que los docentes fueron “creativos” para organizar sus clases en línea durante la pandemia, pero también detecta, por otro, que no pudieron apoyar a los estudiantes con sus tareas al mismo grado que lo hicieron sus familias. ¿Ven cómo se oscurece el análisis y se entorpecen las políticas cuando impera el corazón? Vaya “república amorosa”.
Fuente: http://www.educacionfutura.org/efectos-de-romantizar-al-magisterio/
Texto publicado originalmente en El Universal
El SNTE y las pensiones para jubilados y activos: el atraco
Abelardo Carro Nava
Corría el año de 2007 y, Felipe Calderón, supeditado a lo que el Banco Mundial (BM) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) mandatara en términos de seguridad social en diversos países como el nuestro, logró una reforma al sistema público de salud y de pensiones que vulneró los derechos laborales de los trabajadores al servicio del Estado.
Para pocos es desconocido que, diputados del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Partido Acción Nacional (PAN), Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y Partido Nueva Alianza (Panal) en marzo de 2007, presentaron en la Cámara de Diputados una iniciativa de Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (LISSSTE) cuyo objetivo, entre otros, consistía en la conversión gradual de los planes contributivos obligatorios en sistemas privados de capitalización individual como columna vertebral para algo que recibió el nombre de “Sistema Nacional de Pensiones”. Iniciativa que fue aprobada días más tarde y publicada el 31 de marzo de ese mismo año en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Esta nueva ley abrogó la ley del ISSSTE publicada en el DOF el 27 de diciembre de 1983.
De nada sirvieron las protestas, marchas y manifestaciones de cientos de miles de trabajadores del Estado. Las respectivas Cámaras de “Representantes” y un presidente, corto de miras, habían logrado su objetivo: acrecentar la precariedad laboral, la seguridad social y las pensiones de dichos trabajadores, como si éstos hubiesen tenido una responsabilidad en el pésimo manejo de las finanzas del país que se habían venido dando con los años, o bien, en la implementación de un modelo neoliberal que poco o nada ha favorecido a los sectores más vulnerables de México. ¿Por qué no se diseñó una política para mantener y ampliar los fondos de pensiones?, ¿por qué se optó por una política donde el estado y los gobiernos estatales podrían utilizar los fondos de pensiones de manera discrecional?, ¿por qué se optó por aplicar en el ISSSTE un modelo similar al del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a sabiendas de que, con en este último, no se resolvió el problema de estos fondos en la década de los 90’s?, ¿por qué, en esta y otras reformas, no se ha puesto en el centro a los trabajadores y, en su lugar, se han colocado a las finanzas y administración del estado, al mercado de capitales, a las AFORES y a los bancos?, ¿cuál fue el papel de los sindicatos en ese tiempo? Para el caso que nos ocupa, el de los trabajadores de la educación, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) guardó silencio. Éste fue comparsa de tal infamia. Claro, durante el “calderonismo”, La Maestra tenía un lugar privilegiado en el gobierno no así los miles de trabajadores de la educación.
Pasados algunos años, en los que obviamente la reforma “calderonista” no funcionó y de la que se desprendió, como ya se dijo, el esquema de pensiones a través de cuentas individuales, el incremento en la edad de jubilación y años de servicio (con el consecuente aumento en los años de cotización al ISSSTE), en diciembre de 2014, el ejecutivo federal en manos del peñanietismo, presentó a la Cámara de Diputados la iniciativa para la desindexación del salario mínimo, misma que fue aprobada y publicada en el DOF el 27 de enero de 2016.
Esta acción, como se sabe, condujo a una reforma constitucional y la creación de la UMA (Unidad de Medida y Actualización) la cual, dicho sea de paso, es una unidad que se utiliza como índice de referencia, medida o base económica en pesos para determinar la cuantía de pago de obligaciones, créditos, multas, impuestos y deducciones personales.
Para este propósito se creó la Ley UMA, y se le confirió al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) la responsabilidad de calcular y actualizar el valor de dicha UMA, hechos que, indudablemente, han repercutido seriamente en los derechos laborales, en la seguridad social y en las pensiones de los trabajadores puesto que, como se verá más adelante, la cuantía de las pensiones de los trabajadores, por ejemplo, estaría determinada por el comportamiento de la UMA.
Esto es así, porque si analizamos varias normativas como el Decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones constitucionales en materia de desindexación del salario mínimo, en su Artículo Único, se especifica que: “Se reforman el inciso a) de la base II del artículo 41, y el párrafo primero de la fracción VI del Apartado A del Artículo 123; y se adicionan los párrafos sexto y séptimo al Apartado B del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue: Artículo 123…, VI. los salarios mínimos que deberán disfrutar los trabajadores serán generales o profesionales. Los primeros regirán en las áreas geográficas que se determinen; los segundos se aplicarán en ramas determinadas de la actividad económica o en profesiones, oficios o trabajos especiales. El salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base o referencia para fines ajenos a su naturaleza” (DOF, 2016).
Pero aún hay más, en ese mismo decreto, en el Cuarto Transitorio se señala que: “…el Congreso de la Unión, las Legislaturas de los Estados, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como las Administraciones Públicas Federal, Estatales, del Distrito Federal y Municipales deberán realizar las adecuaciones que correspondan en las leyes y ordenamientos de su competencia, según sea el caso, en un plazo máximo de un año contado a partir de la entrada en vigor de este Decreto, a efecto de eliminar las referencias al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia y sustituirlas por las relativas a la Unidad de Medida y Actualización” (DOF, 2016).
Con la emisión de este Decreto y las consecuentes reformas constitucionales, los trabajadores recibieron otro duro golpe a sus derechos, otra vez, proveniente de gobiernos neoliberales y tecnócratas cortos de miras y cuya precariedad laboral, con esta “idea de reforma”, la acrecentaron.
Para el caso que nos ocupa, el de los trabajadores de le educación, ¿cuál fue el papel del SNTE en manos de un líder ampliamente cuestionado por su entrega total al poder ejecutivo durante el gobierno de Enrique Peña Nieto? Al igual que sucedió en el 2007: guardó silencio. Fueron comparsas de tal infamia. Al fin de cuentas, ese líder sindical apoyó sin miramiento lo que en su momento el magisterio nacional conoció como la mal llamada reforma educativa de 2013.
Ahora bien, regresando al tema de las pensiones de los trabajadores, dada la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que emitió hace unos días, y de la que hablaré más adelante, no hay que perder de vista lo que el Reglamento para el otorgamiento de pensiones de los trabajadores sujetos al régimen del artículo décimo transitorio del Decreto por el que se expide la Ley de ISSSTE, en su artículo 8 señala: “la cuantía de las pensiones se aumentará anualmente conforme al incremento que en el año calendario anterior hubiese tenido el Índice Nacional de Precios al Consumidor, con efecto a partir de enero de cada año. En caso de que en año anterior el incremento del índice Nacional de Precios al Consumidor resulte inferior a los aumentos otorgados de manera general a los tabuladores que contienen los sueldos básicos de los trabajadores en activo, las cuantías de las pensiones se incrementarán en la misma proporción de estos últimos” (DOF, 2009). Esto nos lleva a observar: 1) que la actualización de la pensión es por IPC, 2) esta cuantía puede ser determinada por el comportamiento de la UMA, 3) “la pensión mínima garantizada de la Ley del ISSSTE de 2007 está determinada nominalmente y se actualiza también por el Índice Nacional de Precios al Consumidor, pero para la cuantía máxima de pensión para los que se encuentran el décimo transitorio, está establecida en salarios mínimos: el monto máximo de pensión no podrá exceder diez veces el salario mínimo con lo que el tope sería 10 veces la UMA, perjudicando el monto de las pensiones del 86% de los trabajadores que estaban activos cuando se aprobó la reforma de 2007 y que decidieron mantenerse en el régimen de beneficio definido con las modificaciones que introdujo el artículo décimo transitorio – aumento de edad y de aportaciones –” (Ramírez y Badillo, 2017).
Visto lo anterior, probablemente sea fácil comprender el revuelo que causó, entre los trabajadores del Estado, la resolución de la Segunda Sala de la SCJN en cuanto al tope máximo de la pensión obligatoria otorgada por el ISSSTE puesto que ésta, a decir de la Corte, deberá cuantificarse en UMA y no en salarios mínimos. Lo anterior, teniendo como fundamento la reforma constitucional en materia de desindexación del salario que, como ya he referido, entró en vigor en enero de 2016 y, mediante la cual, se eliminó el salario mínimo como parámetro para calcular multas, créditos y aportaciones de seguridad social.
En este sentido es importante señalar, que dicha resolución es aplicable a los trabajadores sujetos al Artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE, es decir, para aquellos que, tras la reforma a dicha Ley en 2007, decidieron permanecer en el esquema de pensión vitalicia que paga el Estado, rechazando con ello, el esquema de cuentas individuales. ¿Cuál es la afectación directa a estos trabajadores por la cuantía de su pensión en UMA y no en salarios mínimos? La disminución en el pago de dicha pensión dado el valor que tiene la UMA con relación al incremento del salario mínimo.
¿Cuál fue el motivo por el que la SCJN resolvió de esta manera? Después de la aprobación de la Ley del ISSSTE en 2007, como ya he dicho, varios de estos trabajadores optaron por mantenerse bajo el esquema que ofrecía el Décimo Transitorio. No obstante, al entrar la desindexación del salario mínimo en 2016, aquellos que comenzaron a tramitar sus pensiones ante el ISSSTE se encontraron que éste las cuantificó con base en la UMA vigente, hecho que propició una serie de demandas y amparos con un propósito específico: que sus pensiones fueran cuantificadas en salarios mínimos y no teniendo como base la UMA. ¿Tercer golpe para los trabajadores del Estado? Indudablemente porque, desde mi perspectiva, la resolución de la Suprema Corte, de nueva cuenta, no puso en el centro al trabajador, pero sí colocó a las finanzas, economía y política en un país donde el modelo neoliberal sigue presente, aunque alguien señalé lo contrario.
Para el caso que nos ocupa, el de los trabajadores de la educación, ¿cuál fue la postura del SNTE ante este asunto? Irrisoriamente, emitir un escueto manifiesto mediante el cual rechazaba la determinación de la SCJN anunciando que acudiría a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y demás organizaciones internacionales para demandar el respeto a las disposiciones originales del Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE (Profelandia.com, 2021). Repito, solo para demandar el respeto a los trabajadores que optaron por el Décimo Transitorio, ¿y los que no lo hicieron?, ¿y los que ingresaron después de 2008?
¿Por qué no fijó postura en 2007?, ¿por qué no levantó la voz en 2016?, ¿por qué solamente la emisión de un escueto manifiesto que, eso sí, vía WhatsApp llegó a prácticamente todo el gremio? En fin, esto me llevó a preguntarme ¿cuál es su capacidad de movilización, resistencia y lucha de esta organización sindical que alguna vez fue conocida como la más grande de América Latina? Llamar los reflectores y simular una supuesta defensa de los derechos de los trabajadores de la educación se ha vuelto una costumbre en este “Sindicato”.
Pienso, que la lucha la están y la estarán dando cientos de trabajadores de la educación, activos y pensionados, para que este falló se eche abajo en otras instancias, o bien, para que se abrogue la Ley del ISSSTE de 2007.
Caray, la pensión es un derecho adquirido por los trabajadores a través de los años y, por un pésimo manejo de las finanzas del Estado sin olvidar las pésimas reformas que se han aprobado en distintos momentos en México, éste no merece otra cosa más que un trato digno y una pensión que le permita vivir con dignidad el resto de sus días.
Con negritas:
¿Sabe usted a cuánto asciende la pensión de un ministro de la SCJN? Más de 250 mil pesos mensuales. ¿Se compara con lo que un trabajador con tope máximo de 10 UMA recibiría en un mes? Vaya desigualdad, ¿no le parece?
Referencias:
Aguilar, J. (2006). La seguridad social y las reformas a los sistemas de pensiones en México. Revista Estudios Políticos. Recuperado de: https://www.redalyc.org/pdf/4264/426439536007.pdf
Cámara de Diputados. Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/abro/LISSSTE_abro.pdf
DOF. (2009). Reglamento para el otorgamiento de pensiones sujetos al régimen del artículo décimo transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regla/n217.pdf
DOF. (2016). Decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de desindexación del salario mínimo. Recuperado de: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5423663&fecha=27/01/2016
Flores, Z. (2016). Aprueban ley de UMA que desindexa el minisalario. El Financiero. Recuperado de: https://www.elfinanciero.com.mx/economia/aprueban-ley-de-uma-que-desindexa-el-minisalario
Flores, Z. (2021). Corte determina que tope de pensión jubilatoria en ISSSTE será en UMA, ¿a quién le afecta? El Financiero. Recuperado de: https://www.elfinanciero.com.mx/economia/corte-determina-que-tope-de-pension-jubilatoria-en-issste-sera-en-uma-a-quien-le-afecta
Leal, G. (2011). ISSSTE: la “reforma” de Calderón, un fracaso. La Jornada. Recuperado de: https://www.jornada.com.mx/2011/02/05/opinion/020a1pol
Notimex. (2007). La Ley del ISSSTE, primera reforma estructural del sexenio. Crónica.com.mz. Recuperado de: https://www.cronica.com.mx/notas/2007/320016.html
Ramírez, B.P. y Badillo, G. (s/f). La UMA y su impacto en las pensiones. UNAM. Recuperado de: http://ru.iiec.unam.mx/3688/1/La%20UMA%20y%20su%20impacto%20en%20las%20pensiones.pdf
Redacción Profelandia.com. Aquí el posicionamiento del SNTE sobre las pensiones en UMAs. Profelandia.com. Recuperado de: https://profelandia.com/aqui-el-posicionamiento-del-snte-sobre-las-pensiones-en-umas/?fbclid=IwAR1gNpwI0qaeMOPjjpk3GcAX1pA8RgLu186cIXNw88RdDNvuDNfBV5DRPTQ
Ulloa, O. y Alonso, M. (s/f). La nueva Ley del ISSSTE: la reforma estructural del consenso dominante. UNAM. Recuperado de: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3484/2.pdf
Fuente e Imagen: https://profelandia.com/el-snte-y-las-pensiones-para-jubilados-y-activos-el-atraco/