México: Jornaleros, migrantes, indígenas, discapacitados y niños, sectores más vulnerables por explotación laboral: CNDH

México/Mayo de 2017/Fuente: Publímetro

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) señaló que entre los grupos más vulnerables de discriminación laboral se encuentran jornaleros agrícolas, migrantes, pueblos indígenas, niñas, niños y adolescentes y personas con alguna discapacidad.

En el marco del Día del Trabajo, la CNDH refrendó su compromiso de impulsar las mejores prácticas administrativas, para una mayor protección y respeto de los derechos laborales.

En un comunicado, la institución autónoma también resaltó su compromiso por difundir las normas internacionales del trabajo y la normatividad en la materia entre trabajadores, empleadores y autoridades laborales, para el fortalecimiento de la cultura en favor de los derechos fundamentales en el país.

“Para este organismo nacional, el papel de los derechos humanos laborales como motor de la justicia social debe reflejarse en la voluntad de la autoridad para desarrollar e impulsar una cultura de respeto y difusión de esos derechos básicos, especialmente en beneficio de personas y grupos de atención prioritaria”, destacó.

Imperante incorporación de derechos humanos en política laboral

En ocasión del Día Internacional del Trabajo, la CNDH refirió que es imperante la incorporación de la perspectiva de los derechos humanos en la política laboral.

Asimismo, reconoció la importancia de la Norma Oficial Mexicana 025 en Igualdad Laboral y No Discriminación, la cual promueve la adopción y cumplimiento de procesos y prácticas en favor de la igualdad de género y no discriminación en los centros laborales.

Así como de la Norma Oficial Mexicana 034 sobre las condiciones de seguridad para el acceso y desarrollo de actividades de trabajadores con discapacidad en los centros de trabajo, la cual abona al fortalecimiento de los mecanismos de protección y respeto a los derechos de ese sector poblacional.

Indicó que el derecho al trabajo se encuentra reconocido en los artículos 5° y 123 constitucionales, así como en diversos instrumentos internacionales como son el Artículo 23 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el numeral 6 del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en relación con los Artículos 7 y 8.

Y el Artículo 6 del Protocolo de San Salvador, y en numerosos Convenios y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo.

En ese sentido, recordó que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ha señalado en sus Observaciones Generales que el derecho al trabajo deberá darse en condiciones equitativas, satisfactorias y de igualdad entre hombres y mujeres, dando acceso a seguridad social, favoreciendo el respeto a la integridad física y mental de las y los trabajadores.

“La protección del derecho humano al trabajo es vital para el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en particular el Objetivo 8, por el cual se busca promover el empleo pleno y productivo, el trabajo decente para todos, mediante políticas que apoyen la creación de empleos y el emprendimiento, entre otras metas”.

Finalmente, la Comisión puntualizó que el goce y disfrute de los derechos humanos laborales debe constituir, permanentemente, el foco de los esfuerzos del Estado mexicano para construir una sociedad más justa, con mejor calidad de vida, que permita a cada persona alcanzar su desarrollo en los ámbitos intelectual, personal y social y, en general, su autorrealización.

Fuente: https://www.publimetro.com.mx/mx/pais/2017/05/01/jornaleros-migrantes-indigenas-discapacitados-ninos-sectores-mas-vulnerables-explotacion-laboral-cndh.html

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