Argentina: Los jardines maternales deberán incorporar Educación Emocional

América del Sur/Argentina/14.10.2017/Fuente: www.elsantafesino.com.

La intención es desarrollar, mediante la enseñanza formal, cada una de las habilidades emocionales, conocimiento de uno mismo, autorregulación emocional, motivación o aprovechamiento productivo de las emociones, empatía y habilidades sociales de los infantes..

La Ordenanza aprobada incorpora en el desarrollo curricular de la Educación Inicial de los Jardines Maternales o de Infantes de gestión estatal municipal los contenidos de Educación Emocional a los fines de desarrollar, mediante la enseñanza formal, cada una de las habilidades emocionales, conocimiento de uno mismo, autorregulación emocional, motivación o aprovechamiento productivo de las emociones, empatía y habilidades sociales.

“Actuales investigaciones corroboran que el éxito obtenido en la vida de las personas es debido a un 70 u 80 % de las habilidades emocionales. La Ley Nacional de Educación Nª 26.206 establece un desarrollo integral de la infancia en todas sus dimensiones, promover el aprendizaje y desarrollo de un proceso de formación integral de la familia y de una comunidad, promover en los niños y niñas la solidaridad, confianza, cuidado, amistad y respecto a sí mismo y a los demás”, explicó la concejala Marcela Aeberhard, autora de la Ordenanza.

Definición

“La educación emocional es el proceso de enseñanza de las habilidades emocionales mediante el acompañamiento y apuntalamiento de la personas en el ejercicio y perfeccionamiento de las mismas”, dice la Ordenanza aprobada. La promoción de la educación emocional es la “implementación de un enfoque de corte salutógeno-educativo de dinamización de recursos y habilidades emocionales, sociales y actitudinales en el marco de una política de promoción de la salud para el sano desarrollo personal y cumplimiento de un proyecto de vida”.

Capacitación para docentes

Entre los artículos aprobados se establece que, los docentes deberán realizar una capacitación en torno a la temática y el municipio deberá realizar dicha capacitación y actualización especializada en los educadores, trabajadores sociales, docentes, psicólogos y demás operadores comunitarios. También, deberá desarrollar la investigación sobre la temática y la evaluación y monitoreo de los resultados y progresos realizados a partir de la aplicación de la Ordenanza.

“Es una realidad absolutamente viable, ya que las capacitaciones que se realicen en forma masiva a toda la comunidad educativa ya han sido implementadas y trabajadas en educandos docentes mediante un curso de formación docente semi presencial como, por ejemplo, en la provincia de San Juan que cuenta con los avales ministeriales correspondientes”, ejemplificó Aeberhard.

Fuente noticia: http://www.elsantafesino.com/educacion/2017/10/13/21637

 

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