ONU- España/15 de noveimbre de 2017/By: Europa Press/ Fuente: http://www.20minutos.es
La directora de la Fundación Gerard, Carme Fernández Oliva, ha pedido al consejero de Educación, Alberto Galiana, a través de la página de Facebook de esta organización, que cumpla la Convención de la ONU de los derechos de las personas con discapacidad y garantice la educación inclusiva.
Fernández Oliva, que actuó como perito en la reclamación presentada por la familia del niño Adrián Tobías, ha reaccionado a las declaraciones de Galiana, que está pendiente de la «recomendación» de los servicios jurídicos, después de que una sentencia dictaminara que el niño debe estudiar en el centro concreto elegido por sus padres.
«Creo que después de diez años de haber sido ratificada la Convención, ya va siendo hora de que se vayan poniendo al día en sus deberes», le ha reclamado la presidenta de la Fundación.
A su juicio, «mantener el sistema educativo sin proceder a tal transformación, lo único que va a provocar es que cada vez más familias acudan a la Justicia y que cada vez más se produzcan sentencias como ésta, que tanto les incomoda a ustedes».
Ha considerado que «esta cuestión no tiene nada que ver con una simple elección de centro educativo de unos padres sino con garantizar la tutela del derecho de su hijo Adrián a la educación inclusiva, que no puede nunca ser efectiva si se atiende solamente a aspectos formales o estructurales como que el centro educativo sea ordinario, sin tener en cuenta otras variables cualitativamente necesarias, como por ejemplo las oportunidades de socialización y de éxito que le ofrezca dicho centro».
Ha recalcado que «no es una simple cuestión de elección de centro por parte de los padres de Adrián» sino que «de lo que se trata es de un derecho fundamental, el derecho a la educación inclusiva, que no necesariamente queda siempre garantizado por el mero hecho de escolarizarse el alumno en un centro ordinario».
Así, ha creído que «lo que se debe cumplir a rajatabla son las sentencias» y le ha exigido que lo haga porque «la sentencia lo dice muy claro» al afirmar que no se ha tenido en cuenta «la situación particular del niño, en concreto, las posibilidades de socialización, aspecto esencial para garantizar la tutela del derecho a la educación».
Ha recalcado que «cuando la planificación general de los recursos educativos se realiza bajo la visión de la segregación educativa como una opción más dentro del sistema, en lugar de hacerlo alineándose a los preceptos recogidos en la Convención de la ONU de los derechos de las personas con discapacidad, se pueden encontrar con que se produzcan sentencias que cuestionen y rompan ese statu quo».
Añade que «el Comité de la ONU de los derechos de las Personas con Discapacidad, en la observación general número cuatro sobre el derecho a la educación inclusiva, señala entre otras muchas cuestiones relevantes que los recursos deben proporcionarse allí donde vaya el alumno, y no el alumno donde estén los recursos».
Por último se ha preguntado «cuándo los postulados del derecho fundamental a la educación inclusiva son sospechosos de ocasionar perjuicio a la planificación educativa».
Fuente de la Noticia: