El decreto actualiza el anterior, que está en vigor desde 2008, y toca, aunque no modifica de manera sustancial, el baremo de puntuación. Entre los cambios mas significativos están la reducción de dos a uno los puntos que concede libremente cada centro y de uno a medio los que se otorgan por condición de socio cooperativista. Resta un punto en el apartado de ingresos familiares e incorpora medio para quienes tengan su domicilio en la comunidad autónoma pero fuera de las zonas de influencia y limítrofes.
El decreto, por primera vez, puntúa a los alumnos que están en situación de acogimiento familiar, y también es la primera ocasión en la que el departamento de Educación regula de manera específica la matrícula viva, la escolarización de los alumnos una vez iniciado el curso. Menciona específicamente el traslado debido a movilidad forzosa o un cambio de residencia por casos de violencia de género. Según esta normativa, será una comisión en cada territorio la que, una vez estudiado el caso y la situación particular de cada centro, indique el destino del alumno, siempre que haya plazas disponibles.
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