México / excelsior.com /3 de Agosto de 2016.
Tras negarle la inscripción al siguiente cuatrimestre, un juez federal de Chiapas demandó a la institución garantizar su acceso a la educación
Un juez federal de Chiapas amparó a una estudiante de la licenciatura de Trabajo Social contra las autoridades de una universidad privada de ese estado, ya que le impidieron continuar con sus estudios vulnerando su derecho humano a la educación, por el retraso en el pago de dos mensualidades.
Tomando como base la perspectiva de género, así como en tratados internacionales y en jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en materia de derecho a la educación, el juzgador resolvió el amparo 902/2016, ya que la quejosa además de pertenecer a un grupo vulnerable, ser ama de casa, madre de tres hijos y sin ingresos propios, se desempeñó como estudiante de excelencia académica de centro de estudios.
La educación superior, conforme al artículo 10 de la Ley General de Educación, puede catalogarse como un servicio público. No obstante que sean los particulares los que brinden dicho servicio, Las instituciones privadas forman parte del Sistema Educativo Nacional”, sentenció el juez.
Además, en su resolutivo el impartidor de justicia planteó que al contar con reconocimiento de validez oficial de estudios, la universidad ejerce una atribución concedida por el Estado, por lo que al impedir a la estudiante realizar la inscripción al cuarto y quinto cuatrimestre de la licenciatura de Trabajo Socialejerció actos equivalentes a los de autoridad.
Fuente: http://www.excelsior.com.mx/nacional/2016/08/02/1108557