España/ Agosto de 2016/La Razón
En el contencioso reclama la cautelar por «vulneración de derechos fundamentales» tras ver denegada su matriculación al ser mayor de 21 años.
La Consejería de Educación va a dejar fuera de la Formación Profesional Básica a los alumnos con diversidad funcional mayores de 21 años a partir de septiembre, al no ofrecer instrucciones que amortigüen la estricta aplicación de la orden de 9 de junio de 2015 que regula esta enseñanza. Una controvertida decisión que ya ha provocado una primera reacción: la denuncia por «vulneración de derechos fundamentales» de un afectado.
Alejandro Morales ha presentado recientemente un recurso contencioso-administrativo con petición de medidas cautelares contra la decisión de denegar su matriculación en 2º de Agrojardinería y Arreglos Florales de los programas específicos de FP Básica por superar la edad permitida en un instituto de Málaga. Íñigo Loring Caffarena, el abogado de llevar el caso de Alejandro, fundamenta su reclamación en una «vulneración del derecho a la igualdad, a no sufrir trato discriminatorio y el derecho al acceso a la educación». «Fijar un límite de edad para las personas con diversidad funcional supone una grave vulneración de sus derechos pues no existe esa limitación para el resto de los ciudadanos», explica Carmen Morales, madre de Alejandro y presidenta de Solcom, asociación para la solidaridad comunitaria de las personas con diversidad funcional y la inclusión social.
Educación se apoya en el estricto cumplimiento del artículo 74.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, que dice textualmente: «La escolarización del alumnado que presenta necesidades educativas especiales se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo, pudiendo introducirse medidas de flexibilización de las distintas etapas educativas, cuando se considere necesario. La escolarización de este alumnado en unidades o centros de educación especial, que podrá extenderse hasta los veintiún años, sólo se llevará a cabo cuando sus necesidades no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios». La posterior orden de 9 de junio de 2015, por la que se regula la FP Básica establece que el alumnado con necesidades educativas especiales debe cumplir los siguientes requisitos: «Tener cumplidos los 16 años o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los 19 años en el momento del acceso ni durante el año natural en el que se inician las enseñanzas»; y en un artículo posterior se especifica que cada alumno podrá repetir cada uno de los cursos dos veces. Por ello supone una incoherencia y una discriminación que a los 21 años tengan que abandonar los cursos. «¿Cómo es posible semejante disparate que va a dejar fuera del sistema educativo a numerosos chicos que han ido superando las diferentes etapas educativas acorde con el modelo imperante para que a la hora de culminar esos estudios sean expulsados sin poder terminarlo?», se pregunta Carmen Morales, que además apunta a una regulación por parte de la Consejería «poco transparente y sin información a los padres, que vulnera los derechos de aquellos alumnos que funcionando de manera diferente tienen un ritmo distinto por el derecho a acabar sus estudios aunque suponga invertir más tiempo en ello».
En el caso de Alejandro, como en el de otros cuatro compañeros de instituto, son alumnos que comenzaron con los programas de PCPI. La Consejería de Educación se escuda en el cumplimiento de una norma de rango superior, una ley que a juicio de Morales «debería estar derogada pues contraviene la propia Constitución y la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad».
La familia Morales asegura a haber iniciado iniciado muchos contactos con partidos políticos y la propia Administración «pero todo ha sido infructuoso».
Tras ser rechazada su matriculación, Alejandro se halla a la espera de conocer la respuesta de la Delegación de Málaga al recurso de alzada que interpuso y en caso negativo confía en que el juez le otorgue la cautelar para permitir su matriculación. «Llegaremos hasta el final», asegura Carmen, respecto a los pasos a dar en la justicia ordinaria, convencida de que a su hijo no le pueden arrebatar sus derechos y privarlo de la consecución de un «certificado de profesionalidad». Bajo su punto de vista, se está condenando a un colectivo a la «no formación» y a la «pobreza» por parte de «quien legisla contra los derechos fundamentales».