El derecho a aprender, ¿Un asunto de orden federal o local?

Méxicanos Primero

Por:Juan Alfonso Mejía López

“Toda la política es local” reza un principio aceptado por los distintos actores que conviven en un régimen democrático. Sin importar la posición que desempeñe, el orden o el nivel de gobierno donde se ubique, si se le define desde la academia, el activismo social o el análisis cotidiano. La uniformidad de perspectivas obedece al origen del mandato. Los votos se ubican en el territorio, lo que determina el éxito o fracaso de una carrera política. El político construye su poder gracias al vínculo con el espacio.

Lo que es un principio para la actividad política, también lo es para política pública. Si bien es cierto que un problema mal planteado te garantiza una solución errónea, la política pública siempre será juzgada por sus resultados.

Tratándose del derecho a aprender en México, ¿qué implicaciones tiene para el éxito en la implementación de la reforma educativa?

El hecho educativo se realiza en un salón de clases, con las relaciones de aprendizaje construidas entre personas, maestro y alumnos. La realización de este derecho enfrenta serios desafíos en lo local, a pesar de haber concretado un diseño exitoso al momento de modificar el Artículo Tercero Constitucional.

Al día de hoy, en lo local todavía se vive a un gobernador, un alcalde, un diputado comprometido con la educación porque regala zapatos y uniformes. Un líder sindical del magisterio preocupado por mejorar las condiciones de sus agremiados, porque les consigue plazas vendidas o heredadas. Legisladores que aprueban presupuestos cada vez más ensanchados, porque dicen mejorarán la infraestructura escolar, aunque ellos ni enterados están de los criterios de selección de las escuelas.

Maestros infravalorados, pues todo su conocimiento, dedicación y amor a los niños es insuficiente para avanzar en su profesión como docente. Padres de familia esforzados  en dar a sus hijos mejores oportunidades de las que ellos mismos gozaron, que se conforman con el sólo hecho de enviarlos a la escuela. Centros de Trabajo definidos como escuelas, pero divorciados de las condiciones mínimas para el aprendizaje. Escuelas ausentes de las necesidades de su comunidad, imposibilitadas de formar una auténtica comunidad de aprendizaje.

Niños ignorados, porque el sistema educativo en el territorio está concentrado en los adultos. Un sistema más parecido al Sistema Estatal del Empleo, que ideado como un instrumento para una sociedad más equitativa y justa. Con una Autoridad Educativa Estatal encabezándola por sus dotes políticos en el manejo corporativista clientelar, mas no por su firme convicción con el derecho a una educación de calidad. ¿Le suena conocido? En lo local, estas son historias de todos los días.

Toda política pública será evaluada por sus resultados, por su capacidad de incidencia en la transformación de la realidad próxima. El reto para la Reforma educativa consiste en la implementación efectiva de sus preceptos legales en las distintas entidades federativas. De ahí la convicción de Mexicanos Primero por concentrarse en los distintos contextos para la implementación de la Reforma.

La Reforma Educativa plantea defender el derecho a aprender de la niñez y de la juventud mexicana. Para lograrlo, es necesario descolonizar al sistema educativo del control sindical que lo caracteriza. El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) ha dirigido la política educativa, privilegiando los intereses laborales, políticos y electorales por encima del derecho de los niños durante mucho tiempo, con el beneplácito de todos los actores del sistema.

Para alcanzar garantizar el derecho a aprender de los niños,  se puso el acento en el aprendizaje como una forma de medir el grado de inclusión del sistema educativo nacional. Se incorporó la noción de educación de calidad en la Constitución mexicana al modificar el Artículo Tercero, dotando al Estado de instrumentos jurídicos y administrativos para retomar la Rectoría sobre la Educación. Se creó un Servicio Profesional Docente y se dotó de autonomía al Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), al tiempo que la autogestión escolar se volvió una prioridad. Todas estas medidas son destinadas, en gran parte, a revalorar el aprecio y el rol por nuestros maestros.

Sin embargo, los preceptos legales resultan insuficientes para evaluar la reforma educativa sino atendemos las modificaciones al momento de su implementación. Sirvan dos ejemplos para ilustrar esta idea.

1) Un gobierno que sede al chantaje del SNTE, por cuestiones electorales, violenta él mismo la Rectoría de la educación. Pienso en el penoso capítulo experimentado en las elecciones intermedias de junio del 2015, cuando el entonces Secretario de Educación, Emilio Chuayffet, canceló la evaluación de los maestros. Ningún estado, ningún gobernador,  defendió su autonomía y la de sus representados. Las leyes estatales los facultan. Un ejemplo es el señalado en el artículo 15 de la Ley Estatal de Educación en Sinaloa: “ […] garantizar que quienes imparten el servicio educativo sean profesionales de la educación y que su incorporación, promoción o permanencia en la prestación de servicios docentes, en instituciones públicas de educación básica y media superior, se determine mediante concurso de oposición”. Al no apelar a su autonomía y plegarse a los designios de la federación, ella misma acorralada por intereses electorales, el derecho de los niños a aprender en las distintas entidades fue violentado junto con la Rectoría de la educación.

2) Hasta antes de la reforma, el Estado no poseía las herramientas jurídicas ni administrativas para evitar el ausentismo practicado en múltiples escuelas. Un maestro podía faltar un sin número de días y no tener consecuencia alguna, con el retraso que esto conlleva en el aprendizaje de los niños. Ahora, de acuerdo con el artículo 76 de la Ley General del Servicio Profesional Docente (LGSPD), el Estado está obligado a separar del servicio a quienes falten tres días de manera injustificados en un periodo de 30 días naturales. Tal es el caso más reciente en el que se dio de baja a 3,119 maestros de Guerrero, Oaxaca y Michoacán.

Este último punto ha sido mal interpretado por algunos observadores. El Secretario de Educación Pública no los da de baja. La facultad y la obligación le pertenece a los gobiernos estatales. Así lo indica la LGSPD en su art. 8 fracción XVI: “Emitir los actos jurídicos que crean, declaran, modifican o extinguen derechos y obligaciones de conformidad con lo previsto en esta ley”. En otras palabras, se requiere de su cooperación.

Sí, toda la política es local; y también, toda la política educativa lo es.

Para que la reforma no sea reducida a un texto esperanzador, se necesita de la voluntad y cumplimiento irrestricto de la ley en el ámbito de lo local. Que esto suceda depende más de una sociedad informada sobre los preceptos legales de la reforma y de su capacidad de presión sobre aspectos puntuales de la misma, que de la voluntad de los gobernantes.

Este 5 de junio lo que está en juego es la viabilidad de la defensa del derecho a aprender de las niñas, los niños y los jóvenes en 12 estados de la República. Quién no se compromete con el derecho aprender, sabotea el éxito de la reforma, sin importar las ventajas de su diseño.

Que así sea.

 

Fuente del articulo:http://www.mexicanosprimero.org/index.php/educacion-en-mexico/nuestra-opinion/item/el-derecho-a-aprender-un-asunto-de-orden-federal-o-local

Fuente de la imagen:http://www.maznews.com.mx/wp-content/uploads/2015/09/MPS-GANA-DEMANDA-620×270.jpg

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Iniciativa ciudadana, independiente y plural que tiene como objetivo impulsar el derecho a la educación de calidad en México a través de instrumentos para la exigencia y participación ciudadana.