Por: Juan Kujawa Haimovici
El jueves 26 de mayo pasado, se aprobó por unanimidad en la Asamblea Nacional, en primera discusión, el Proyecto de Ley De Atención Integral Y Protección Para Las Personas Con Trastornos Del Espectro Autista (Tea) y Condiciones Similares, promovida y presentada por grupos de padres que representan Asociaciones de y para Personas con Autismo. (Entre otras la Fundación Soy Aspie, Fundaspie y la Fundación Asperger de Venezuela).
El Proyecto de Ley tiene por objeto garantizar la atención integral y la protección de las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) y condiciones similares y complementará las demás normas existentes sobre la materia. Serán objeto de esta ley, una vez aprobada, todas las personas que se encuentran diagnosticadas dentro del Trastorno del Espectro Autista (TEA) y condiciones similares.
¿Cómo define el Proyecto de Ley el autismo?
Los TEA son de origen neurológico que se caracterizan por déficit y alteraciones generalizadas en múltiples áreas del desarrollo, incluyen un continuo de alteraciones, desde leves a severas en la interacción social, anomalías en la comunicación y la presencia de comportamientos, intereses y actividades estereotipadas, persistentes; así como estilos de procesamiento sensorial diferentes.
Y las condiciones similares aquellos trastornos del desarrollo neurológico que comprenden el déficit de atención, trastornos de la comunicación, trastornos de la comunicación social y trastornos específicos del aprendizaje.
El Censo de Población y Vivienda 2011, no arroja información de cuantas personas con autismo hay en el país, y es muy importante para poder establecer las políticas públicas para su atención.
El Proyecto de Ley propone una serie de Derechos en: (Invito a leer el mismo, ya que abarca aspectos que omitimos por razones de espacio, en materia de derechos humanos, seguridad social y laboral, entre otros).
1. Educación: Propone incluir en los pénsum de las carreras de Educación una materia dedicada a los TEA. También en pediatría, psicología, psiquiatría; terapia ocupacional, terapia de lenguaje; y en la formación de servidores públicos como bomberos, policías, fuerzas armadas; y otros, que laboran en departamentos de RR.HH. (En relación a la inclusión laboral).
Derecho al acompañamiento escolar (tutor especializado en TEA) según las necesidades del estudiante en el proceso académico hasta que sea necesario.
2. Deporte: Propone Módulos específicos en esta área, para las personas con TEA e incentivar la creación.
Incentivar la creación de campamentos específicos para desarrollar habilidades sociales.
3. Salud: Se propone la Creación del Instituto Nacional de los trastornos del espectro Autista, adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Salud y el desarrollo de líneas de investigación en autismo en las diferentes universidades de país. Garantizar que los HCM cubran todos los aspectos que el individuo con TEA requiera y los HCM de los padres cubran a los hijos de por vida.
4. Responsabilidad y Protección Social
El Estado debe garantizar una pensión para las personas con TEA equivalente al sueldo mínimo, la misma debe ser de por vida y desde el momento del diagnóstico. En caso de que la persona esté incapacitada para el adecuado manejo de la misma, esta debería ser administrada por sus padres o representante legal.
El transporte público urbano superficial y subterráneo, para las personas con TEA debe ser gratuito. El interurbano tarifa preferencial con 50% de descuento o gratuito. Tarifas de trasporte aéreo, terrestre, fluvial y marítimo con 50% de descuento.
La persona con autismo incapacitada para velar por sí misma a causa de su condición, tiene derecho a recibir un régimen legal de protección, adaptación, atención y seguridad, por parte del Estado.
Este Proyecto de Ley, llena un vacío, creado por la actual Ley para las Personas con Discapacidad de 2007, la cual nunca fue reglamentada. El Estado y el Conapdis tienen responsabilidad por esa omisión.
Muchos políticos, han utilizado el término autista para descalificar y ofender. Este Proyecto prevé sanciones para ello. Un ejemplo reciente de ello:
Convencido que los padres son el motor de sus propios intereses e inquietudes, con respecto de sus hijos con algún tipo de discapacidad. Seguro que otros grupos, que representan otras discapacidades tomarán este ejemplo, y no dependerán de las omisiones o desinterés de quienes le corresponde hacerlo, por obligación, ya que pareciera no tienen convicción de ello. Ellos los han superado.
Ahora el siguiente nivel: Su discusión y aprobación.
Tomado de:
https://drive.google.com/file/d/0BPzq56_bFHsR19JVGZVNTduOTQ/view?pref=2&pli=1
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