Italia/20 julio 2017/Fuente: Prensa Latina
La disposición impulsada por la ministra de Salud, Beatrice Lorenzin, pasará a la Cámara de Diputados donde debe recibir el visto bueno para convertirse en ley, lo cual debe suceder antes del 6 de agosto próximo, último día de vigencia de la disposición aprobada por el Consejo de Ministros en mayo último.
De acuerdo con la norma, la vacunación será un requisito para el ingreso de infantes de hasta seis años a guarderías infantiles y escuelas maternas, en tanto de los seis hasta 16 años regirá el control en las instituciones docentes, con multas de 100 a 500 euros para los padres morosos, en dependencia de la cantidad de profilaxis no efectuadas.
La disposición incluye 10 vacunas obligatorias y la oferta gratuita de otras cuatro, prevé además la creación de un Registro Nacional de Vacunación y faculta a las farmacias para aplicar las vacunas, en coordinación con el sistema público de salud.
Las ineludibles serán las indicadas para prevenir la poliomielitis, difteria, tétanos, hepatitis B, tos ferina, haemophilus influenzae tipo B, y hasta 2020 sarampión, rubeola, paperas y varicela, mientras que las fuertemente aconsejadas incluirán las dirigidas contra el meningococo B y C, el rotavirus y el neumococo.
Como resultado del debate en el Senado, el decreto sufrió varias enmiendas, como la reducción de 12 a 10 el número de vacunas obligatorias, la eliminación de la referencia en el texto a la pérdida de la patria potestad en el caso de los padres incumplidores y la disminución del límite máximo de las multas fijado inicialmente en siete mil 500 euros.
Fuente: http://www.prensa-latina.cu/index.php?o=rn&id=102411&SEO=senado-italiano-aprueba-decreto-ley-sobre-vacunacion-obligatoria