América del Sur/Colombia/31.10.2017/Autor y Fuente:http://www.elcolombiano.com/
Este jueves, un fallo de la Corte Constitucional estipula que no se puede obligar ni a profesores ni a estudiantes a asistir a ceremonias religiosas en colegios públicos.
“Las actividades religiosas no serán desarrolladas durante las actividades académicas y ningún miembro de la comunidad educativa puede ser presionado u obligado a realizar oración ni a estar presente mientras se realizan estas actividades”, dice la sentencia.
El alto tribunal adoptó esta decisión al estudiar el caso de una profesora de un colegio de Fusagasugá, Cundinamarca, que fue obligada a asistir a misa y orar en ella, a pesar de que no es religiosa.
En el fallo la Corte Constitucional establece que los colegios públicos “solo podrán facilitar los espacios” para la realización de las misas, mas no imponer “obligación alguna al personal de la institución”, en cuanto a asistir a ellas.
De lo contrario, según la ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, se estaría vulnerando la libertad de culto y de conciencia de la comunidad educativa.
La Corte ordenó a la Secretaría de Educación de ese municipio ubicado en el sur de Cundinamarca informar sobre la decisión a todos los colegios públicos de la región.
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