El parto humanizado como garantía de protección social de los niños, niñas y adolescentes (NNA) (I)

Por: Germán Jesús Subero Marín.

En el marco de los compromisos adquiridos por el Estado Venezolano en todos y cada uno de los eventos efectuados a nivel internacional relacionados con la defensa de los Derechos Humanos, donde le ha correspondido a nuestras autoridades participar a los fines de presentar informes de cuenta sobre la situación actual de nuestro país, en torno al cumplimiento de los objetivos del Milenio planteados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), específicamente los indicados con los números 1, 3 y 5 a saber como los son: Fin de la Pobreza, Salud y Bienestar e Igualdad de Genero, y tomando en consideración el tratamiento que dentro del texto constitucional el Legislador Venezolano, a otorgado a los tratados, convenios y acuerdos suscritos y ratificados por la República; es menester en honor a la justicia y a la verdad tomar en consideración un aspecto muy importante del cual, se ha divulgado poco en las matrices educativas y de opinión, así como de los medios de comunicación social sobre la perspectiva jurídica sobre la cual se desarrolla el denominado PARTO HUMANIZADO, como un elemento activo, que desde nuestra opinión merece la pena considerar para efectos de nuestro análisis como una arista que se subsume dentro del enfoque característico de la Doctrina de Protección Integral. Todo ello, con miras a impulsar su divulgación y optimización para aportar elementos para el debate público y que sirvan para la retroalimentación del aparato estatal para redimensionar el concepto dentro de una esfera más holística, por cuanto, se integra a un proceso continuo de desarrollo integral que a su vez se relaciona con el crecimiento humano de manera integral en sus relaciones con el entorno a través de un conjunto de relaciones complejas que desde el mismo momento de la procreación influyen significativamente en nuestra manera de sentir y vivir el mundo.

De allí la importancia y atino necesario que se precisa para proponer el desarrollo de un debate tan necesario, tan pertinente y tan constructivo asi como abstracto a la vez, para el desarrollo de las nuevas doctrinas jurídicas sustentadas desde un enfoque emancipatorio de igualdad de género, por cuanto, el Positivismo clásico ha obviado para efectos del desarrollo de sus principios, las condiciones objetivas de carácter excluyente con las que millones de personas vienen al mundo, y con las cuales, se inicia un ciclo de variables incontrolables para el individuo en muchos casos y que socialmente inducen al mismo, desde los primeros años de vida, más específicamente a los adolescentes a cometer actos delictivos, y es sencillamente la vulnerabilidad propia que desde el momento de nacer, representa el hecho de no conocer a la figura paterna, y las repercusiones negativas que como hemos indicado anteriormente, como es la influencia socioambiental para desarrollar conductas agresivas orientadas al fenómeno de la criminalidad. De allí la necesidad de resaltar el papel que juega el PARTO HUMANIZADO COMO GARANTÍA DE PROTECCIÓN SOCIAL E IGUALDAD DE GENERO DE LA MUJER VENEZOLANA, en primera instancia, y en segundo lugar para los NNA que se desarrollan en condiciones de vulnerabilidad, en estos momentos de escenarios de guerra económica impulsada por el Imperio Norteamericano, que no debe ser obviada en ningún momento.

Ahora bien, al mencionar la Doctrina de Protección Integral, como punto cardinal para el desarrollo del presente análisis, es preciso ampliar el concepto desde una perspectiva sustentada en la igualdad de genero, por cuanto en la actualidad al ser considerada como un conjunto de ideas filosóficas, éticas, jurídicas y políticas que determinan la forma como comprender, asumir, reconocer y garantizar los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes (NNA), pretende dotar a estos últimos con la cualidad de ciudadanos y por ende sujetos de derecho, y no como objetos de derecho figura bajo la cual, se les consideraba en el extinto enfoque de la doctrina tutelar del menor, se desvincula del momento mismo de la procreación, obviando una de las facetas fundamentales para el desarrollo de la personalidad, y de la primera relación de carácter psico-afectivo como lo representa la relación entre el Feto y su Madre, durante la preñez. Razón del replanteamiento del presente concepto, bajo una figura de igualdad de género, aplicada al PARTO HUMANIZADO, como necesidad fundamental para reorientar las concepciones estratégicas para la definición de planes estratégicos que en materia de salud, se definan a priori y a posteri en el marco de la obtención de los objetivos del Milenio en nuestra República, a fin de evitar la anómia social. Por ello, esta doctrina de protección integral, lucha por garantizar una sola bandera como es la de la inclusión e integración de los NNA, a la democracia y a la ciudadanía en todos los contextos derivados de tal importantes esferas.

Con ello pretendemos en primer lugar orientar de manera certera el centro de gravedad del debate público, para ello plantear un conjunto de interrogantes que nos permitan propiciar las condiciones necesarias:

  • ¿Está diseñado el Sistema Rector de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes bajo un enfoque de Igualdad de Género en la República Bolivariana de Venezuela?.
  • ¿Están sensibilizados los administradores de justicia para tomar decisiones fuera de una concepción positivista, a fin de considerar la relación existente entre los principios de igualdad de genero dentro del marco de la doctrina de protección integral, en el seno de esa jurisdicción especial?.
  • ¿Existe las condiciones factibles para garantizar la aplicación del enfoque de género en el ámbito del desarrollo de políticas públicas inclusivas y de igualdad dentro del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente en nuestro país?.
  • ¿Contribuiría a disminuir los índices de delitos cometidos en la jurisdicción especial penal de adolescentes si se aplicasen a la doctrina de protección integral los principios de igualdad de genero?.
  • ¿Representa el Parto Humanizado la panacea que resolverá los desequilibrios sociales propios existentes dentro del seno de las familias disfuncionales que actualmente presenta la sociedad venezolana?.
  • A partir de este preámbulo, pretendemos ubicar los puntos prioritarios que sirvan para fundamentar un debate sociojurídico en todos los espacios y en todos los niveles de nuestra sociedad, que nos permitan avanzar en el desarrollo de una doctrina vinculante que sobrepase las barreras dogmáticas del positivismo clásico, por cuanto, a nuestro entender, no se concibe que en un contexto de un Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia, existan más vigentes que nunca las bases que promuevan un modelo capitalista burgués que denigra, excluye y desconoce la realidad social de los descamisados, de los excluídos, de aquellos carentes de oportunidades que siendo en muchos casos de manera injustificada a un debido proceso por malas praxis policiales orientadas a estadísticas que garanticen el puesto a cientos de burócratas que fungen como funcionarios de alto nivel y que en muchos casos no comulgan con la esencia del Socialismo Bolivariano, situación esta que trae como resultado que les sean vulnerados derechos fundamentales y garantías constitucionales por efecto propio del desconocimiento en cuanto a los elementos de orden cualitativo necesarios relacionados con la igualdad de género y la doctrina de protección integral, para dar una justa valoración de la situación fáctica que impulsa en principio al estado de necesidad de muchos adolescentes a cometer actos delictivos sancionados por nuestra legislación en edades tempranas de su vida.
    • A sabiendas del actual desfavorable escenario de la realidad social venezolana, caracterizado por una estaninflación que oscila por el orden entre los 2.500 % y 4.000%, que de acuerdo a cifras oficiales el salario promedio de un trabajador es menor a los cinco dolares mensuales, lo cual, es gravemente desfavorable para los jóvenes de estratos sociales bajos provenientes de hogares disfuncionales, en muchos casos con bajo nivel educativo y sin figura paterna conocida, donde el propio sistema de relaciones sociales que impera tanto en la estructura como en la superestructura social, (Términos usados por el pensador Marxista Italiano GRAMSCI en el siglo XX en su teoría del Bloque Hegemónico) y según el cual, se encuentra dominado hegemónicamente por quienes controlan el capital en detrimento de los proletarios de estratos sociales más bajos. En este sentido, el estado de vulnerabilidad al cual, se encuentran sometidos millones de mujeres jóvenes venezolanas, quienes probablemente y según informes de ONGs en defensa de los derechos de la Mujer tanto en nuestro territorio como de otros países que se han dedicado a estudiar la actual situación de las migrantes Venezolanas, concluyen que «Muchas de éstas, acuden a la actividad sexual promiscua, por razones económicas, al no tener posibilidad real de obtener empleo formal en el exterior, por la xenofobia existente actualmente en muchos de los países latinoamericanos en contra de los(as) migrantes venezolanos(as). Asimismo, por la acción de grupos de delincuencia organizada que operan en el exterior y que captan a través de las redes sociales como facebook, twitter e instagram; entre otras a muchas de estas mujeres para que una vez a su llegada a dichos paises se integren a la actividad de explotación sexual, muchas veces bajo engaño de ofertas laborales fraudulentas». Dicha situación debe encender las alarmas de las autoridades venezolanas y en este sentido, se propicia una campaña informativa nacional que garantice la integridad de la Mujer Venezolana, en su mayoría, madres solteras, a los fines de evitar la trata de personas hacia países vecinos como Colombia, Brasil y Trinidad y Tobago (Recordemos recientemente el caso de las mujeres que se ahogaron en un bote que desapareció entre la isla de Margarita y las costas de la Península de Paria en el estado Sucre, durante el presente año, y en donde se manejo la hipótesis policial que circuló en los medios de comunicación, donde algunas de las víctimas, eran mujeres jóvenes que se trasladaban a ese país con la finalidad de ejercer la Prostitución).

      Con ello pretendemos significar que aún existen más vigentes que nunca, las bases de una lucha de clases propia de un Estado Capitalista, que en teoría avanza en los procesos de igualdad social, pero que indudablemente en la praxis cotidiana, tiene impregnado el germen capitalista por doquier; mientras no se venzan las barreras patriarcales de la sociedad feudal por un lado y por el otro, donde la práctica del Socialismo se consolide verdaderamente más allá de una mera retórica anti-imperialista impulsada por un voraz aparato propagandístico (que casualmente es administrado por la derecha venezolana), y que impide avanzar a la verdadera integración de principios socialistas a la realidad humana de nuestro tiempo, en el lugar y el momento histórico que nos ha correspondido vivir «EN LA PRINCIPAL TRINCHERA ANTI-IMPERIALISTA DE LA ACTUALIDAD». Citando las palabras del Presidente Cubano DIAZ CANEL durante el desarrollo del Foro de Sao Paolo efectuado en Caracas durante el pasado mes de Julio del presente año. Sin duda, representa una gran oportunidad este ciclo para desarrollar una nueva doctrina socio jurídica, que centren la importancia vital del Hombre (y Mujer), para la redefinición de la política social en un sentido amplio de carácter inclusivo y de respecto de los Derechos Humanos de los NNA, sin olvidar a la figura materna y en donde se priorice el PARTO HUMANIZADO, como factor de transformación de las realidades sociojurídicas y geoeconómicas en la era de la información. Continuaremos abordando el tema del PARTO HUMANIZADO de manera más detallada en la próxima entrega. ¡CHÁVEZ VIVE, LA PATRIA SIGUE!

Fuente del artículo: https://www.aporrea.org/ddhh/a281059.html
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Germán Jesús Subero Marín

Analista de Sistemas. Vocero de Formación y Propaganda de la Sala de Batalla "Vencedores de Santa Inés" Productor Radial.