Argentina/09 de Septiembre de 2017/El Día
El caso de un chico con Asperger separado de su grado y el festejo de otros padres disparó el debate.
Si bien la ley argentina establece que las personas con discapacidad tienen derecho a una educación inclusiva, en la mayoría de los casos la realidad no se condice con la norma. Los padres de los chicos con alguna discapacidad suelen encontrarse con una barrera cuando intentan inscribir a sus hijos en la escuela.
Según un relevamiento en Argentina que realizó en 2013 el Sistema Regional de Información Educativa de los Estudiantes con Discapacidad (SIRIED) de la Unesco, del total de 141.627 estudiantes con discapacidad matriculados, unos 61.552 estaban matriculados en escuelas regulares/comunes y 80.075 lo estaban en escuelas especiales; es decir que un porcentaje del 56% no estaba incluido en el sistema regular.
De acuerdo a lo declarado en el Comité sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales por ONU (1999), la educación debe tener cuatro características fundamentales e interrelacionadas: asequibilidad o disponibilidad, que supone que las instituciones educativas tienen que funcionar y estar disponibles en cantidad suficiente; accesibilidad, que implica que las escuelas deben ser accesibles física, comunicacional y económicamente a todos, sin discriminación; y la aceptación, que supone que la forma y el fondo de la educación deben ser relevantes, adecuados culturalmente y de buena calidad y, por lo tanto, ser valorados por los estudiantes y familias.
SEGREGACION Y DISCRIMINACION
A contramano de lo que suele pensarse, el Informe Temático sobre el Derecho a la Educación de las Personas con Discapacidad advierte que separar a las personas con discapacidad en escuelas especiales es segregatorio y, por tanto, un acto de discriminación que no respeta el derecho a la educación inclusiva.
Lo cierto es que en Argentina las personas con discapacidad enfrentan múltiples dificultades para ingresar al sistema educativo común. Desde el área de Discapacidad y Derechos Humanos de ACIJ (Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia), cuentan que con frecuencia, las negativas de matriculación se fundan en la imposibilidad de los niños con discapacidad para cumplir con las exigencias de las instituciones, la falta de recursos para llevar a cabo un proceso de inclusión o el “cumplimiento de un cupo por discapacidad”. En ocasiones, la negativa –que rara vez es documentada y justificada por escrito– se produce después de haber solicitado a las familias diversos estudios médicos, los cuales se consideran no solo suficientes sino, también, imprescindibles para determinar si el niño puede o no ingresar a un determinado establecimiento. “Estas conductas configuran actos de discriminación por motivos de discapacidad”.
El artículo 2 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad define “discriminación por motivos de discapacidad” como “cualquier distinción, exclusión o restricción por motivos de discapacidad que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social, cultural, civil o de otro tipo. Incluye todas las formas de discriminación, entre ellas, la denegación de ajustes razonables”.
Esto implica que está prohibida toda práctica que excluya a un alumno con discapacidad con fundamento en su supuesta imposibilidad para abordar los contenidos o la falta de recursos para llevar a cabo un proceso de inclusión. El derecho a la educación inclusiva debe ser asegurado no solo por las escuelas públicas, sino también por las privadas. “En el caso de que éstas no permitan el ingreso de un niño fundándose en su discapacidad, el Estado deberá intervenir para poner fin a esa práctica discriminatoria pues es el último garante de este derecho”, afirman en el informe de ACIJ.
En el mismo sentido, desde ACIJ explican que una escuela no puede negarse a incorporar a un niño o adolescente invocando el cumplimiento del “cupo por discapacidad”, ya que prever que solo puede haber una determinada cantidad de alumnos con discapacidad por aula o por año es una forma más de discriminar”.
De igual modo, afirman que tampoco una familia puede ser obligada por una escuela o por algún organismo del sistema educativo a enviar a su hijo a una escuela especial: la educación inclusiva es un derecho, no una decisión de las escuelas ni del Estado.
“Es mucho más sencillo de lo que parece, sucede que en nuestra sociedad existe lo que se llama discriminación, y cada vez cuesta más luchar contra ella”, plantea Rosa María Boffa, directora de Nexo, que es una asociación civil sin fines de lucro que nuclea a familiares de niños y niñas con TEA (Trastornos del Espectro Autista) y con TDH (trastorno por déficit de atención e hiperactividad), y agrega: “En diciembre del año pasado hubo una resolución que fue firmada por la mayoría de las provincias que establece la obligatoriedad de que establecimientos comunes acepten a personas con discapacidad. Pero esta resolución no está siendo divulgada como debería”.
EL ENTORNO NORMALIZADOR
Rosa María remarca la importancia de que los chicos con alguna discapacidad asistan a una escuela común: “Los chicos ahi tienen un entorno normalizador. Y además no hay escuelas para rubios, o para morochos… El tener una discapacidad es una condición. Lo de la escuela especial termina siendo un gueto. Es importante que se integren a los juegos, a la clase de música, que en las materias hagan lo que puedan… Lo más importante es la convivencia”.
A raíz de lo que sucedió recientemente en el 4º grado de la escuela primaria en el Colegio San Antonio de Padua, de Merlo (donde los padres de los alumnos festejaron que las autoridades del colegio hayan decidido cambiar de curso a un chico con Asperger) las dificultades de integración que suelen padecer los chicos con alguna discapacidad volvió a ponerse sobre el tapete.
“La escuela es un ámbito de integración, de igualdad, y compartir un espacio con un chico que integrás también es un proceso de aprendizaje para todos los chicos del curso”, afirma Alejandro Garay, del área de educación de la Defensoría del Pueblo de la Provincia.
En el mismo sentido, Mónica Bornia, coordinadora del equipo de conflictos en el ámbito escolar de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, sostiene: “Los padres de los chicos educan y les trasmiten valores, entonces, si los padres discriminan, qué se puede esperar de los chicos. Hay padres que solo ven el desempeño y la trayectoria académica de sus hijos, no se dan cuenta de que hay valores más importantes para la sociedad”.
Fuente: http://www.eldia.com/nota/2017-9-8-4-22-6-educacion-inclusiva-un-derecho-con-muchas-barreras-para-los-alumnos-especiales–informacion-general