INEE y cancelación de la reforma educativa

México / 5 de agosto de 2018 / Autor: Hugo Aboites / Fuente: La Jornada

En la agenda legislativa que AMLO presentó a los legisladores electos se incluye la derogación de la reforma educativa, pero, al mismo tiempo, hay declaraciones –como las del próximo secretario de Educación, Moctezuma Barragán (expresadas en Adela Micha, El Financiero-Bloomberg, 11/07/2018)– que reducen el tema a sólo la cancelación de La Ley General del Servicio Profesional Docente (Lgspd); la que incluye el examen que puede llevar al despido o remoción del maestro. Una vez eliminada esa ley ya no habrá evaluación punitiva y, se piensa, puede crearse un clima sereno, favorable al desarrollo de lo que se considera fundamental: un nuevo proyecto de educación nacido del diálogo con maestros, comunidades, académicos y autoridades.

Se plantea, además, que en ese nuevo proyecto de educación no estaría ausente una evaluación a los maestros, pero claramente orientada no al despido, sino a la mejoría del aprendizaje de los niños y jóvenes. Y, precisamente por eso, se dice, ya hay conversaciones con los del INEE con el fin de ligar evaluación con capacitación y mejoramiento del magisterio.

El problema, sin embargo, es que la llamada evaluación punitiva no es un elemento aislado. La reforma, toda, es punitiva. Y, por eso, el INEE, tiene la misma orientación. Quienes diseñaron la reforma la blindaron para el futuro, por eso hasta lograron un absurdo: que la Constitución se ocupara de exámenes a los maestros y que viniera luego sustentada en un tupido entramado de leyes y disposiciones. Éstas crean lo que en ingeniería se conoce como un sistema redundante, donde si una pieza viene eliminada, el funcionamiento de la estructura sufre sólo daños mínimos. Así, aunque se suprima la Lgspd, por ley y por la modificación de 2012 a la Constitución, al INEE le corresponde asegurar que la evaluación esté orientada a decidir la permanencia del maestro como docente y también puede obligar a la autoridad a aplicarla en esos términos: en efecto dice la ley que “… corresponde al instituto definir los procesos de evaluación a que se refiere la Ley III. Expedir los lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas para llevar a cabo las funciones de evaluación que les corresponden para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio…” de los maestros (artículo 28). Lo que significa que si bien puede llegarse a un pacto de caballeros mediante el cual los directivos del INEE prometan hacer a un lado una evaluación excluyente, se mantiene incólume la atribución legal de vocación punitiva y en cualquier momento puede ser retomada. Sea porque lo decida él mismo (es autónomo), por la presión de organismos empresariales (como Coparmex) que se oponen a la abrogación de la reforma o porque un juez le ordene que cumpla con su mandato legal. Si se elimina la Lgspd, pero se dejan sin tocar las definiciones sobre evaluación y sus alcances en la llamada Ley del INEE (y en otras disposiciones), queda ahí pendiente y aplicable en cualquier momento del futuro las funciones de evaluación respecto de la permanencia de los maestros. Y ante esa amenaza real, el clima de la relación con el magisterio difícilmente mejorará.

Incluso en el caso de que haciendo caso omiso del INEE, la SEP o las autoridades locales decidieran ensayar otras alternativas de evaluación, legalmente tampoco pueden hacerlo porque se dotó al instituto de tal poder que los lineamientos que éste emita son obligatorios para la SEP y otras autoridades, y si no los acatan podrá ser sancionados: los lineamientos emitidos por el INEE en materia de evaluación serán obligatorios para las autoridades educativas, (y) su incumplimiento será sancionado… (artículo 49). Además, si la SEP, cualquier institución o gobierno aplica evaluaciones a maestros y éstas, a juicio del INEE, se desvían de sus lineamientos, carecerán de valor: los procesos de evaluación realizados por las autoridades educativas en contravención a los lineamientos emitidos por el instituto serán nulos. (artículo 49).

Todo esto significa que, si sólo desaparece la Lgspd y el resto queda intacto, el nuevo gobierno federal y locales difícilmente podrán llevar a cabo un proyecto educativo distinto, con una evaluación discordante del INEE. Y esto es grave, pues desde maestros hasta especialistas muchos consideramos indispensable una evaluación, aunque distinta: desde las escuelas, comunidades y maestros; desde las propias regiones; horizontal y orientada a mejorar la formación de los maestros y el aprendizaje de niños y jóvenes. Es decir, opuesta a la centralizada, autoritaria y punitiva idea de evaluación de la denominada Ley INEE y la Lgspd.

Precisamente porque la intención punitiva era tan fundamental en la reforma, la bien trabada y redundante construcción legal que hasta ayer fue su coraza, ahora es su mayor debilidad: para cancelarla no basta con suprimir una ley.

Fuente del Artículo:

http://www.jornada.com.mx/2018/07/21/opinion/015a2pol

Fuente de la Imagen:

http://www.elpolitico.com/por-que-ha-generado-polemica-la-reforma-educativa-en-mexico/

ove/mahv

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Hugo Aboites

Rector de la UACM