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El Deja vu de la mala política en Venezuela

Por: Rose Mary Hernández

Venezuela es un país que se encuentra en contante retroceso en Derechos Laborales desde los gobiernos capitalistas como los que dicen llamarse socialistas.

Una escena reciente y  escalofriante se ha vivido desde el año 2018, cuando luego de que el Presidente anunciara la implementación del programa que llevó por nombre “Plan de Recuperación, Crecimiento y Estabilidad Económica”,  se contemplaran modificaciones en materia fiscal, tributaria, además de contractuales, deteriorando el patrono sin explicación ni basamento legal que lo soporte, la capacidad adquisitiva de las y los trabajadores de la administración pública.

Se trata de la Resolución 27921 emanada por el Ministerio del Proceso Social del Trabajo, a través del entonces Ministro Eduardo Piñate, lo cual ha significado una violación flagrante de disposiciones legales que contemplan derechos de la clase obrera.

Esto ha conllevado en los hechos a la supresión de otros derechos que derivaban de las negociaciones y resoluciones de esas instancias, entre lo que se menciona el limitado derecho a huelga, puesto que, la posibilidad de ejercerlo “en los marcos de la ley”, está supeditada al cumplimiento de los pasos en esas instancias. Con ese Decreto, el Ministerio del Proceso Social del Trabajo establece como único canal  de exigencia al diálogo, unas “mesas técnicas” que buscan despojar a los trabajadores del derecho a ejercer mecanismos de lucha como los pliegos conflictivos y los paros a los que estos pliegos habilitan.

La legalidad del derecho a huelga queda en un “limbo”, una indeterminación que por supuesto se resolverá con el aparato judicial y represivo al servicio de los patronos. Una verdadera contrarreforma laboral, un retroceso brutal en los derechos de la clase obrera venezolana.

La política regresiva, además de ilegal, violenta totalmente la intangibilidad, progresividad y carácter irrenunciable de los derechos laborales, principios establecidos tanto en el artículo 89 de la Constitución (CRBV)2 así como en el artículo 18 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT)3“Ninguna ley podrá establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales”, dice el 89, “Es nula toda acción, acuerdo o convenio que implique renuncia o menoscabo de estos derechos”, rezan tanto el 89 de la CRBV como el 18 de la LOTTT, por el contrario, las decisiones que se toman y aplican siguen haciendo hirientes en quienes todavía apuestan por una mejora económica, social y laboral en Venezuela.

La precariedad con la cual se han enfrentado estos últimos tiempos las y los trabajadores venezolanos ha sido desgarradora. Luchar contra sanciones impuestas a nuestra economía y que solo paga el ciudadano (a) común, al igual que, el opuesto accionar de quienes trazan las políticas pública y sociales, se ha convertido en un desgaste emocional, físico. Las carencias se han hecho presente de manera humillante, vergonzosa. A diario toca ver cómo las personas luego de años de servicio al país, les resulta imposible pagar sus medicinas, costear sus alimentos, cubrir con sus necesidades básicas, poder tener en casa servicios estables como agua, luz, gas doméstico, tener asistencia médica satisfactoria en los hospitales sin necesidad de pagar desde la aguja para recibir tratamiento o cama para hospitalización.

Escuchar al Presidente anunciar este 04 de marzo 2022 un incremento del salario mínimo4, el cuál pasaba de 7 bs (1.5 dólares) a 130 bs (28 dólares mensuales)  y, con incidencia directa en los sueldos de las y los trabajadores de la Administración Pública y Privada, generó expectativas en quienes todavía se mantienen como empleados del Estado, aunque sigue siendo un intento mínimo  puesto que todavía está por debajo del costo de la canasta básica que, según organismos de consulta, se ubica entre 340 y 400 dólares al mes. Además, ese monto de nuevo salario mínimo (130 bs) se corresponde con 1,90 dólares al día y, que el Banco Mundial considera como línea de pobreza extrema por rango de ingresos, sin entender entonces, por qué países con menor ingreso per cápita como Haití y México o con bloqueo económico de muchos más años que Venezuela, como es el caso de Cuba, tengan  salarios mínimos mayores para sus trabajadores y pensionados/as5.

Aunado a esto, el atropello con el cual ahora el Ministerio del Poder Popular de Planificación decide reducir los porcentajes de los beneficios económicos en las Convenciones de las y los maestros y profesores, lo que resulta inconcebible, ilegal, violatorio y fuera de orden, porque los derechos conquistados en la Convenciones Colectivas son irrenunciables. El principio de irrenunciabilidad es una norma sustantiva de orden público en la legislación laboral venezolana, constituye una de sus notas emblemáticas, junto al principio de la progresividad de los derechos laborales; cualquier acto que vulnere o violente el principio de irrenunciabilidad o desmejora es nulo.

No puede existir pacto, acuerdo o negociación con algún representante de las y los trabajadores que soporte tan semejante atrevimiento que vulnera los derechos refrendados.

Según el Nuevo Salario Mínimo con incidencia en el Salario Mínimo de la Administración Pública en función de la IV Convención Colectiva Universitaria , un profesor Agregado Dedicación Exclusiva  tendría a su favor el siguiente cálculo:

Salario Base: Bs 668
Prima Familiar: Bs 70
Prima por Hijo: Bs. 30
Bono Transporte: Bs 46
Prima Actividad Universitaria: Bs 167
Prima Profesionalización: (Msc) Bs. 334
Prima Antigüedad (18 a): 240
Complemento Especial: Bs. 993
Cesta Ticket: Bs 45
*Total: Bs. 2.594*
Sin embargo,  hay una trasgresión  aplicada en el sector educativo, nivel universitario, donde  quedan reducidasy/o eliminadas  las siguientes clausulas económicas:

a). Prima de Titularidad: que correspondía con el 20% del salario básico.

b). Prima Familiar:  40% del ingreso mínimo mensual ha sido rebajada al 10% del Salario mínimo.

c). Prima por hijos: de 31 bs ahora 12,50 bs.

d). Prima por actividad universitaria; 25% del Salario Básico, queda en 12,5% del Salario Básico.

e). Prima por profesionalización: Doctorado, de 60% lo reducen a 40%; Maestría, de 50% a 35%; Especialización, de 40% a 30%; Licenciado, de 30% a 25%.

Se  eliminan las primas de Rector, Vicerrectores, Decanos, Directores, Jefes de Área.

Por lo que ahora, ese mismo docente, clasificado como Profesor Agregado, Dedicación Exclusiva

Salario Base: Bs 408
Prima Familiar: Bs 17,5
Prima por Hijo: Bs. 12,5
Bono Transporte: Bs 0
Prima Actividad Universitaria: Bs 51
Prima Profesionalización: (Msc) Bs. 142
Prima Antigüedad (18 a): 93
Complemento Especial: Bs. 0
Cesta Tikect: Bs 45
*Total: Bs 769*
Esta grotesca diferencia: Bs.1.825, producto de lo que nos roban como pago representa un aproximado de 397 dólares, con los cuales se podría estar dando cumplimiento al artículo 91 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales. Y, que además es nuestro DERECHO, NOSOTROS, NOSOTRAS, NOSOTRES NO HEMOS RENUNCIADO A TALES CLAÚSULAS PORQUE  NO ES POSIBLE. VIVIMOS UN DEJA VU DE POLÍTICA REGRESIVA Y OPRESORA QUE SE NOS APLICA CON LA VENIA SINDICAL PATRONAL.

Todo esto es una muestra de cuánto se desprecia a las y los trabajadores, al sector Educativo, a la enseñanza, a la formación, al conocimiento, a la Constitución que en algún momento firmaron y juraron defender, pero sobretodo, al País. Es necesaria y urgente la nueva forma de organización, el desmarque de los actuales gremios, sindicatos y federaciones que a diario se sientan a trazar las malas jugadas en contra de sus afiliadas y afiliados, necesitamos avanzar en otra posible estructura sindical q favor de la Clase Trabajadora. Es necesario denunciar lo que nos sucede, pero también exigir a las y los responsables, subsanar de inmediato el error y recomponer nuestros derechos económicos.

Referencias:

1Resolución 2798: https://lascomadrespurpuras.com/wp-content/uploads/2019/09/Memorando-oficial-2792-del-Ministerio-del-Trabajo.pdf

2 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial Extraordinaria N° 36.860 de fecha 30 de diciembre de 1.999 https://www.oas.org/dil/esp/constitucion_venezuela.pdf

3 Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (Gaceta Oficial N° 6.076 Extraordinario del 7 de mayo de 2012) https://oig.cepal.org/sites/default/files/2012_leyorgtrabajo_ven.pdf

4 Gaceta 6.691, fechada el 15 de marzo de 2021, incluye el decreto Nº 4.653 https://finanzasdigital.com/category/gacetas/

5 Informe de Coyuntura OVE: Inversión, salarios y condiciones de trabajo de los y las docentes en América (pdf) http://otrasvoceseneducacion.org/archivos/381852

 

 

 

 

 

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Venezuela: Gremio universitario rechazó la reducción de escalas salariales

Según la última convención colectiva aprobada en noviembre pasado, un profesor instructor debería cobrar hoy 525 bolívares (121,48 dólares), pero «va a cobrar 325 (75,20 dólares), es decir, 200 menos»

Las autoridades universitarias de Venezuela rechazaron este jueves que el régimen de Maduro, luego de aumentar el salario mínimo de 7 bolívares (1,6 dólares) a 130 bolívares (30 dólares), redujera de manera «sustancial» las escalas salariales que establecen sus ingresos según los grados de profesionalización del sector.

El vicerrector administrativo de la Universidad Central de Venezuela (UCV), Amalio Belmonte, explicó a Efe que, según la última convención colectiva aprobada en noviembre pasado, un profesor instructor debería cobrar hoy 525 bolívares (121,48 dólares), pero «va a cobrar 325 (75,20 dólares), es decir, 200 menos«.

«Un profesor titular, de acuerdo con la proyección de la cuarta convención colectiva, debería estar cercano a los 855 bolívares (204,79 dólares), va a cobrar 535 bolívares (123,80 dólares), una disminución considerable, que también la sufre el sector administrativo y el sector obrero. El sueldo que deberíamos ganar no es el que hoy aparece, es un porcentaje bastante menor en los sueldos de profesores, el personal administrativo y obrero», aseveró.

Belmonte sostuvo que «no hay estímulos para que alguien ascienda porque al final lo que va a obtener como beneficio después de haber hecho un esfuerzo intelectual es poco».

En este sentido, la rectora de la UCV, Cecilia García Arocha, escribió en su cuenta de Twitter que rechaza «las tablas salariales aprobadas por la OPSU (Oficina de Planificación del Sector Universitario), que violan la Ley Orgánica del Trabajo, así como los convenios colectivos celebrados por los legítimos gremios del sector universitario».

Por otra parte, las autoridades de la UCV, el principal centro de estudio de Venezuela y patrimonio de la humanidad, denunciaron en un comunicado que los beneficios pactados en el último contrato colectivo por porcentajes, de acuerdo con el grado de profesionalización, antigüedad, rendimiento académico y por carga familiar, «se modificaron arbitrariamente» al disminuirlos.

El bono doctoral, que era un 60 % del sueldo, fue rebajado al 40 %, indicó Belmonte.

«Ha habido una rebaja sustancial tanto en el sueldo como en los bonos recibidos, son elementos más de desestímulos a la actividad académica y al personal, que ya tenemos problemas, en general, para sufragar los gastos de manutención familiar de forma que sea satisfactorio«, reiteró.

La UCV agregó en el comunicado que todo instructivo salarial «impuesto» por el Ministerio de Educación Universitaria y la OPSU, cuyos montos «no estén acordes con los criterios de las interescalas y reduzca los porcentajes establecidos de primas u otros beneficios, es violatorio de los derechos humanos de la progresividad, intangibilidad e irrenunciabilidad de los derechos y beneficios laborales del sector universitario».

Fuente: https://www.analitica.com/actualidad/actualidad-nacional/gremio-universitario-rechazo-la-reduccion-de-escalas-salariales/

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Argentina: Declararon ilegal el paro docente y descontarán los días

El Gobierno aplicó un cuestionado decreto que dispone: «día no trabajado, día no pagado».

La Secretaría de Trabajo de la Provincia declaró ilegal el paro de 48 horas que lanzó la Unión de Docentes Argentinos (UDA) y le pidió a los docentes que no se sumen a la huelga.

En su resolución, el organismo contralor sostiene que UDA no cumplió con la obligación de comunicar la medida de fuerza con cinco días de anticipación y la modalidad de la misma. Además, Trabajo consideró que la educación es un servicio esencial y que las medidas de acción directa que realizó el gremio «afectan sobremanera a la comunidad en su conjunto». «Si bien el derecho de huelga tiene raigambre constitucional, el Estado provincial tiene la obligación jurídica, institucional y política de velar por el interés general de sus habitantes», expresa la Secretaría de Trabajo en los considerandos de su resolución.

En ese marco, la Secretaría de Trabajo intimó a UDA a deponer las medidas adoptadas bajo apercibimiento de declarar ilegal el paro. Asimismo el organismo de control intimó al gremio docente a «prestar el servicio habitual en forma normal» y le advirtió que declarará ilegal la huelga por ser la educación un servicio considerado esencial.

Un punto a tener en cuenta es que al declararse ilegal el paro de UDA, el Gobierno provincial puede aplicar el Decreto Cavero, según el cual se habilita a la Provincia a descontar el día no trabajado a quienes se hayan sumado a la huelga. «Día no trabajado, día no cobrado», es el espíritu del cuestionado Decreto Cavero.

Días atrás, UDA anunció un paro total de 48 horas que se inició este martes y que seguirá el miércoles y otra huelga más, de 72 horas, que tendrá lugar los días 29, 30 y 31 de marzo. Al informar del paro a la Secretaría de Trabajo, la UDA sostuvo que la medida de fuerza se había dispuesto «porque ese sindicato, que tiene personería gremial, no fue notificado oportunamente de la negociación salarial y del incremento salarial docente anunciado» y a la vez reiteraron su pedido de incluir a UDA como miembro paritario.

Tras la declaración de ilegalidad del paro, desde UDA ratificaron la continuidad del paro de 48 horas y también la huelga de 72 horas de la semana que viene. «El acatamiento al paro fue del 90%, creemos que se concientizó la docencia riojana y va a continuar mañana. Y la semana que viene serán 72 horas de protesta, incluyendo una movilización. Nuestros abogados están trabajando en la medida del Gobierno», dijo el interventor de la UDA, Daniel Domínguez.

Al anunciar su plan de lucha, Domínguez le había dicho a La Rioja 12, que la medida de fuerza era en rechazo al aumento salarial acordado entre el Gobierno provincial y la Asociación de Maestros y Profesores (AMP) y también por no haber sido convocada la UDA a participar de la mesa paritaria.

En UDA insisten con ser parte de la mesa de negociaciones ya que hay un fallo judicial que avala el reclamo de ese sindicato para ser integrante de la paritaria docente provincial.

La semana pasada el Gobierno provincial y AMP acordaron un aumento salarial del 52% por cargo docenteLa suba significa una mejora de 26.000 pesos y que se pagará en cinco tramos durante todo el año: 3.000 pesos al básico en marzo; 2.000 pesos al básico en abril; 5.000 pesos remunerativos y no bonificables en julio; 4.000 pesos remunerativos y no bonificables en septiembre; y 2.000 pesos al básico en noviembre.

Además, en noviembre las partes volverán a las negociaciones para la incorporación de los $10.000 restantes.

Fuente: https://www.pagina12.com.ar/410060-declararon-ilegal-el-paro-docente-y-descontaran-los-dias

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Brasil: Acusan a Bolsonaro y al ministro de Educación de tráfico de influencias

América del Sur/Brasil/25-03-2022/Autor(a) y Fuente: www.jornada.com.mx

Río de Janeiro. Varios legisladores de oposición brasileña pidieron este martes la apertura de una investigación contra el presidente Jair Bolsonaro y su ministro de Educación, Milton Ribeiro, por supuesto tráfico de influencias para favorecer a aliados políticos de pastores evangélicos.

«Milton Ribeiro convirtió el Ministerio de Educación en una mesa de negocios para sus tratos encubiertos, negociando favores públicos a la luz del día», escribió en Twitter Fabiano Contarato, senador del Partido de los Trabajadores (PT) del ex presidente Luiz Inácio Lula da Silva.

«Pediré hoy al Supremo Tribunal Federal (STF) la apertura inmediata de una investigación para indagar las gravísimas denuncias contra el ministro», agregó.

El escándalo estalló cuando el diario Folha de Sao Paulo reveló la noche del lunes el contenido de un audio en el que Ribeiro, él mismo un pastor evangélico, aseguró que, a pedido de Bolsonaro, daría prioridad para liberar recursos destinados a la educación a municipios dirigidos por «amigos» de dos influyentes pastores.

«Mi prioridad es atender primero los municipios que más necesitan y, en segundo lugar, atender todos los que son amigos del pastor Gilmar», dijo Ribeiro durante una reunión en la que habrían participado alcaldes y los pastores Gilmar Santos y Arilton Moura, quienes según el diario tendrían una gran influencia dentro del gobierno.

«Fue un pedido especial que el presidente de la República me hizo», añadió.

Las revelaciones causaron indignación y un grupo de diputados opositores también pidió que se abriera una investigación en el STF.

Ribeiro rechazó las acusaciones de tráfico de influencias y aseguró en un comunicado que Bolsonaro «no pidió una atención preferencial para nadie».

«Sólo me pidió que recibiera a todos quienes me buscaran, incluidas las personas citadas en el reportaje», señaló, alegando que los ministros no pueden «determinar la asignación de recursos para favorecer o desfavorecer a algún municipio o estado».

Los comentaristas políticos han relatado la presión tras bambalinas de parlamentarios aliados a Bolsonaro, quien busca la reelección en octubre, para exigir la renuncia del ministro.

Teólogo, abogado y pastor de la iglesia presbiteriana, Ribeiro, de 63 años, fue imputado a finales de enero por la fiscalía por «homofobia», tras haber dicho en una entrevista publicada en septiembre de 2020 que los adolescentes homosexuales provienen de «familias inadaptadas».

Asumió en julio de 2020 en la administración de Bolsonaro, que tomó el poder con el apoyo de poderosos círculos evangélicos.

Su antecesor, Abraham Weintraub, dejó el cargo en junio de 2020, luego de varias polémicas, como un tuit contra China considerado racista e insultos a los jueces del Supremo Tribunal.

Fuente e Imagen: https://www.jornada.com.mx/notas/2022/03/22/mundo/acusan-a-bolsonaro-y-al-ministro-de-educacion-de-trafico-de-influencias/

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Venezuela: Averu rechaza condiciones del ajuste en las tablas salariales del sector educativo

América del Sur/Venezuela/25-03-2022/Autor(a) y Fuente: www.elnacional.com

La Asociación Venezolana de Rectores Universitarios solicita que se suspenda la aplicación del instructivo para el ajuste del incremento salarial.

La Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (Averu) emitió un comunicado este jueves dirigiéndose a la comunidad universitaria y a la opinión pública en rechazo a las condiciones del ajuste a la tablas salariales.

«Para rechazar y denunciar la violación del derecho constitucional al trabajo y a un salario suficiente del personal universitario para cubrir sus necesidades básicas, materiales, sociales e intelectuales, incumpliendo la Constitución, la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, así como los Convenios Colectivos celebrados por los legítimos gremios del sector universitario», señala el documento.

Y añade: «La vulneración de los derechos laborales del sector universitario constituye un precedente de negación absoluta de sus derechos humanos fundamentales».

Aseguró que el Ejecutivo nacional contraviene acuerdos contenidos en las convenciones colectivas únicas (CCU) acordadas con las federaciones o gremios afines a sus planes políticos y sociales.

Instructivo

«Esta grave situación se confirma con la publicación por Telegram del instructivo enviado por la OPP-PAF (Proceso de Ajuste del Sistema de Remuneración de la Administración Publica, Convenciones Colectiva, Tablas Especiales y Empresas estratégicas) para la aplicación del incremento salarial», indicó.

«Los derechos y beneficios laborales concertados en la IV CCU vienen aplicándose desde el 01 de agosto de 2021, a pesar de su no homologación. El nuevo instructivo infringe las escalas salariales al modificar las interescalas del personal obrero. Esto ya que establece 7% de forma lineal, afectando la interescala del personal administrativo y en consecuencia del personal docente, pues la cláusula 67 determina se inicie con el salario nacional para el obrero grado I y se incremente para el grado II el 70% del salario mínimo señalando sucesivamente los distintos porcentajes de las interescalas según el tipo de personal, grado y nivel. Asimismo, el ajuste de las escalas salariales no se corresponde con el incremento del salario mínimo, publicado en la Gaceta Oficial extraordinaria N° 6.691 del 15/03/22», denunció.

Mencionó que los beneficios de prima de actividad universitaria, familiar, por hijos, de profesionalización (TSU, Profesional, Especialistas, Maestría y Doctorado) convenidos en la IV CCU por porcentajes, «se alteraron de manera unilateral e ilegal al establecer un monto fijo o disminuirlo considerablemente».

«El instructivo configura una transgresión de los derechos humanos fundamentales, y vulnera la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales», añadió.

Y finalizó: «Esta Asociación exige respeto a los derechos laborales y salariales del personal universitario y solicita se suspenda la aplicación del instructivo para el ajuste del incremento salarial, por ser un mecanismo que atenta contra la educación superior, la calidad, libertad de pensamiento y la generación del conocimiento».

Fuente e Imagen: https://www.elnacional.com/venezuela/averu-rechaza-condiciones-del-ajuste-en-tablas-salariales-del-sector-educativo/

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Ecuador: Separado de colegio profesor que cortó el cabello a estudiantes

América del Sur/Ecuador/25-03-2022/Autor(a) y Fuente: www.lahora.com.ec

El Código de la Niñez y la Adolescencia prohíbe que se aplique el maltrato físico y psicológico como forma de disciplina.

En Latacunga (provincia de Cotopaxi), un profesor del Colegio Ramón Barba Naranjo fue separado del establecimiento educativo luego de que en redes sociales se difundiera un video en el que se lo ve cortando el cabello de varios de sus estudiantes.

El Ministerio de Educación emitió un comunicado en el que detalló que el docente fue asignado a la realización de actividades administrativas «mientras se cumple el debido proceso».

La noticia fue confirmada por Sybel Martínez, vicepresidenta del Consejo de Protección de Derechos de Quito, quien consideró que estos eventos no pueden volver a ocurrir en el país.

Recordó lo sucedió hace varios años con el rector del Colegio Mejía, de Quito, cuando golpeó con una regla a cinco estudiantes.

“Una gran mayoría de personas aún confunde maltrato con disciplina”, rechazó Martínez. La activista destacó que la disciplina es enseñar a obrar bien a través del ejemplo.

El Código de la Niñez y la Adolescencia establece que está prohibido que se utilice el maltrato físico y psicológico como forma de disciplina en los colegios.

Agregó que el hecho de que un niño o joven decida llevar el cabello largo o corto está en consonancia con el libre desarrollo de la personalidad.

Según Martínez, tampoco existe ningún reglamento o código de convivencia que faculte a actuar como lo hizo este profesor en Latacunga. (SC)

Fuente e Imagen: https://www.lahora.com.ec/pais/sancion-profesor-cabello-estudiantes/

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Venezuela: Ajustan tablas salariales de profesores universitarios y educación básica

Por: 

Para los docentes que trabajan 53 horas de la semana, los nuevos salarios oscilan entre 352,90 bolívares (bachiller no docente) y 600,89 bolívares (docente VI)

El Ministerio de Educación y la Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU) ajustaron las tablas salarias para docentes de educación básica y media, así como profesores universitarios, tras el aumento de salario mínimo decretado por el gobernante Nicolás Maduro.

En el caso de los docentes, el aumento de sueldo entrará en vigencia a partir de la segunda quincena de marzo. La información fue difundida a través de la página en Telegram Pagos Mppe Oficial, donde además se detalla que este sueldo está dirigido tanto al personal activo como al jubilado, recoge Tal Cual.

Para los profesores que trabajan 40 horas a la semana, el sueldo base para el escalafón más bajo (bachiller no docente) quedó en 264,69 bolívares, mientras que para para los docentes tipo VI el salario se ubicará en 450, 70 bolívares.

Para los docentes que trabajan 53 horas de la semana, los nuevos salarios oscilan entre 352,90 bolívares (bachiller no docente) y 600,89 bolívares (docente VI).

Por su parte los profesores universitarios titulares a medio tiempo cobrarán Bs. 221,25mientras que el titular a dedicación exclusiva percibirá 522,16 bolívares como salario base.

El Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (Uladdhh) aseguró que esta nueva tabla salarial fue acordada excluyendo a gremios universitarios legítimos. «La OPSU y la FTUV han acordado los niveles salariales desmejorando los derechos laborales de los universitarios».

Además se ajustaron las primas de las convenciones colectivas: Las primas de actividad universitaria representarán el 12,5 % del salario base, mientras que la familiar fue impuesta en 10 %. Las primas por hijos, becas de estudio, discapacidad, bonos de juguetes y navideños se estableció en 12,5 bolívares.

El personal docente de los ciclos de básica, media y universitarios que se mantiene activos recibirá el pago mensual del ticket de alimentación por un monto de 45 bolívares.

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