Author: José Yorg
Construyendo pensamiento pedagógico, situando la cooperación como estructurante
Pierre Bourdieu
Y entonces nos interrogamos ¿Qué está oculto en el sistema educativo?
Adriana Puiggrós nos advierte al respecto que “Nuestros niños/as y jóvenes, los adultos y los ancianos, viven inmersos en un discurso que incluye, subordina y usa nuestros símbolos, nuestras tradiciones, nuestra lengua, a los fines de consolidar la hegemonía del capitalismo en la más salvaje de sus etapas”.
Por su parte el español Jurjo Torres Santomé nos habla de las “agendas ocultas del curriculum”. Aquella que interpretamos que se exterioriza en la interrelación en los establecimientos educacionales y que son reproductoras de las desigualdades, que no es posible advertir a simple vista porque son productos de costumbres, de hábitos y de procederes muy arraigados y que fluye a partir del pensamiento y accionar de los docentes, transmisores de estos “puntos de vista”, claro está que no figuran en las mallas curriculares oficiales.
El XII Seminario Internacional PROCOAS Comité de Procesos Cooperativos y Asociativos Asociación de Universidades Grupo Montivideo nos invita a la “reflexión conceptual y de las prácticas propias de la Economía Social y Solidaria que enfrentan los nuevos procesos políticos, económicos y sociales emergentes en el mundo y fundamentalmente en América Latina, a partir de la interpelación a una configuración nueva e inédita de su base social y de sus instituciones políticas”.
Este importante evento que se realizará ente los días 14, 15 y 16 de setiembre de 2016 en Rosario, Argentina, bajo el lema “Los desafíos de la economía social y solidaria frente a los nuevos escenarios políticos en Latinoamérica”, del cual nos enfocamos sobre el eje temático “Educación y procesos colectivos”.
Este eje alude que “Los modelos políticos hegemónicos en toda sociedad, permean las concepciones pedagógicas dominantes. Las instituciones y organizaciones, aún aquellas que no dependen del Estado, reproducen culturalmente la concepción dominante. Los procesos educativos en la Economía Social y Solidaria no escapan de manera general al supuesto enunciado”.
En ese orden de ideas nos aclaran que “El énfasis en el XII Seminario en el tema Educación y procesos colectivos, buscan establecer un diálogo entre las diferentes experiencias y reflexiones que se plantean alterar los formatos pedagógicos, disputando y discutiendo las matrices culturales dominantes, así como con quienes construyen pensamiento pedagógico situando la cooperación como estructurante”.
La cooperación como estructurante
Es allí, es en se lugar donde nos ubicamos, desde donde fijamos nuestro territorio cooperario y “construimos pensamiento pedagógico situando la cooperación como estructurante”.
Y es que lo hacemos desde una reiterada llamada de atención: “Ponemos acento al señalar que con demasiada frecuencia se incurre en el error de asimilar a la pedagogía y didáctica cooperativa con métodos de enseñanza oficial, liberal, y así se contravienen en deformaciones de los contenidos, fines, objetivos, valores y principios cooperativos”. J.Y.
Nosotros afirmamos y ratificamos que la Pedagogía cooperaria aporta saberes que destraba las confusiones, artificialmente introducidas, en las denominadas “agendas ocultas del curriculum”.
Cuestiones técnicas-pedagógicas que -dado el espacio que tenemos aquí nos compelen a reducirnos exclusivamente a señalarlos- dado que nos son necesarias para argumentar a favor de nuestra propuesta educativa cooperaria: Estructura y esencia del proceso de enseñanza-aprendizaje, sus componentes cardinales e interrelaciones con las diversas disciplinas aúlicas, independientemente del nivel educativo que hablemos.
Los ejes fundamentales del cooperativismo educacional hacen posible develar aquello que la “agenda oculta del curriculum” dificulta.
Por tanto, la enseñanza de la cooperación abarca ejes integrados e integradores que giran en lo histórico y su análisis que explican su surgimiento como reacción a un esquema socio-económico irremisiblemente injusto, dando nacimiento a la Doctrina cooperativa como guía del proceso de desarrollo del pensamiento crítico y transformador.
Saberes interrelacionados con las disciplinas diversas hacen posible entender la economía, la política y en general las ciencias y su vinculación con la empresa, la sociedad, y el hombre, y que determinan jerarquías sociales injustas, pero pasibles de superación bajo otra forma de organización.
Partir de la realidad para intentar cambiar aquello que podamos cambiar
Pero también ponemos nuestra atención al interior del Movimiento Cooperativo Organizado, puesto que, infectados por esos vicios de la agenda oculta del curriculum, se filtran en las cabezas de las dirigencias y hace que se asimilen en demasía a los impugnadores de la cooperación retaceando su apoyo a quienes planteamos innovaciones. Proponemos partir de la realidad para intentar cambiar aquello que podamos cambiar.
Por la ilación que vemos con el párrafo anterior consignamos como ejemplo nuestro propio caso en las expresiones del economista y profesor universitario argentino Julio C. Gambina en un trozo de su texto denominado “Solidaridad con la lucha”:
“Es el trabajo que vienen desarrollando los compañeros docentes de TECNICOOP que bregan por esos objetivos y valores en la educación formoseña y que como trabajadores se les retacea la jerarquización laboral y la remuneración salarial correspondiente.
Está claro que no alcanza con demandar al gobierno de Formosa que responda la justa reivindicación laboral y profesional de los docentes cooperativos de TECNICOOP, sino que debemos concentrar potencia solidaria, en primer término, del movimiento cooperativo Latinoamericano, argentino y en segundo término de fuerzas sociales y políticas, encaminando una gran “movida” que llame a los impugnadores a cejar esas impropias políticas anticooperativas.
Se requiere, sin dudas, de un Estado que encause las luchas y valores alternativos, que consolide la enseñanza del cooperativismo en las escuelas y en las universidades.
Así se habrá de consolidar el sector social de la economía, estimulando a los emprendimientos autogestionarios del movimiento popular, a las empresas recuperadas por sus trabajadores, cortándole el paso a la concentración y centralización del capital contra toda experiencia de alternativa no lucrativa.
Por eso estas líneas, contextualizando los reclamos de los docentes sobre sus justos derechos de reivindicación laboral y profesional del cooperativismo escolar y universitario en Formosa, y que por cierto germinan interrogantes sobre la naturaleza de una gestión gubernamental que desaprovecha recursos humanos altamente cualificados como lo son los destacados docentes cooperativos, quienes potenciarían planes o proyectos estratégicos de capacitación a medianos y pequeños productores, ávidos de estas herramientas.
Para ellos mi más solidario reconocimiento, acompañándoles y alentándoles a continuar la lucha y la predica solidaria contra insensibles burócratas y socios menores del capitalismo contemporáneo”.
¡En la fraternidad, un abrazo cooperativo!
Enfoques cooperativos; Hoy: La educación cooperativa escolar es parte indisoluble del sistema formal educativo argentino.
Por José Yorg, el cooperario.
“La responsabilidad de los gobiernos se reiteró en la Declaración Mundial sobre Educación para Todos (1990) de la Conferencia Mundial sobre Educación para todos, los gobiernos se comprometieron a “actuar en colaboración en nuestras propias esferas de responsabilidad, tomando todas las medidas necesarias para alcanzar los objetivos de la educación para todos”. Unesco.
Nuestra tesis no constituye una novedad, sin embargo, debemos formularla con toda ponderación y firmeza hasta lograr alcanzar el efectivo cumplimiento y reconocimiento que ello implica por parte de quienes tienen la obligación y la responsabilidad moral, histórica y legal de hacerlo.
La inserción de un artículo que refiere al cooperativismo escolar en la Ley nacional de educación de Argentina (26.206/06) fue fruto de un esfuerzo extraordinario de incontables personas e instituciones. Siempre saludamos esa conquista, pero es insuficiente.
A nuestro criterio debió ser consignado como modalidad educativa.
El cooperativismo educacional es un cuerpo pedagógico-didáctico, teórico-práctico de enorme relevancia social y personal cuya experiencia es histórica y cultural de los pueblos del mundo, de la humanidad. En ese sentido, nosotros hemos hecho aportes en su estructura técnico-pedagógica para su cómoda integración con las demás disciplinas curriculares.
Para fundar en mayor realce nuestro análisis, invitamos a efectuar una observación sobre la propia Ley en estudio, en este caso específico en su artículo N° 17:
“La estructura del Sistema Educativo Nacional comprende cuatro (4) niveles —la Educación Inicial, la Educación Primaria, la Educación Secundaria y la Educación Superior, y ocho (8) modalidades”.
“A los efectos de la presente ley, constituyen modalidades del Sistema Educativo Nacional aquellas opciones organizativas y/o curriculares de la educación común, dentro de uno o más niveles educativos, que procuran dar respuesta a requerimientos específicos de formación y atender particularidades de carácter permanente o temporal, personales y/o contextuales, con el propósito de garantizar la igualdad en el derecho a la educación y cumplir con las exigencias legales, técnicas y pedagógicas de los diferentes niveles educativos. Son modalidades: la Educación Técnico Profesional, la Educación Artística, la Educación Especial, la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, la Educación Rural, la Educación Intercultural Bilingüe, la Educación en Contextos de Privación de Libertad y la Educación Domiciliaria y Hospitalaria”.
¿Y la modalidad de la educación cooperativa escolar?
No se la reconoce en esa categoría y desata nuestro reproche desde lo moral, histórico, profesional y legal de hacerlo.
Si bien es cierto que a continuación de lo consignado arriba, en el artículo, se otorga esa facultad a las Provincias, Formosa no ha enmendado esa omisión:
“Las jurisdicciones podrán definir, con carácter excepcional, otras modalidades de la educación común, cuando requerimientos específicos de carácter permanente y contextual así lo justifiquen”.
Desde lo histórico-legal recordamos la primera ley de educación común N°1420, inspiración de Domingo Faustino Sarmiento del año de 1884 en sus artículos N°s. 42, inc. 4; 57, inc. 18.
El 2° Plan Quinquenal del año 1953 contempla la educación cooperativa escolar en el Capítulo 4 punto G.14 “La difusión del cooperativismo y los principios del cooperativismo y la constitución de las cooperativas escolares y estudiantiles que serán auspiciadas por el Estado a fin de contribuir a la formación de la conciencia nacional cooperativista y prestar servicios útiles a los alumnos”. Se instituyó al efecto una Comisión y se publicaron cartillas instructivas.
En el año de 1986 el propio Ministerio de Educación de la Nación Argentina emitió la Resolución N° 1599/86 que establece la forma reglamentaria de las cooperativas escolares para establecimientos primarios y secundarios.
Por último, la actual la ley en estudio que la contiene en su artículo N° 90. Así nuestra alegación toma efectividad en cuanto a que la educación cooperativa escolar es parte indisoluble del sistema formal educativo argentino.
Y si miramos este análisis a la luz de la Constitución nacional en su artículo N° 14, específicamente en cuanto garantiza el derecho de “enseñar y aprender” comprenderíamos en su magnitud el asunto que estamos tratando: Todos y todas tenemos el derecho de enseñar los nobles saberes del cooperativismo escolar y universitario. Todos y todas tienen el derecho de aprender los nobles saberes del cooperativismo.
¡En la fraternidad, un abrazo cooperativo!
Artículo enviado por su autor a la redacción de OVE